Ecocidio: la agroindustria pide no tratar el proyecto de ley y La Libertad Avanza retiró su apoyo
Representantes de la industria de alimentos y bebidas del país (COPAL) y de las cadenas agroindustriales (Consejo Agroindustrial Argentino) manifestaron su “profunda preocupación” frente al avance parlamentario del dictamen de mayoría que incorpora la figura del ecocidio al Código Penal de la Nación. El proyecto de ley, impulsado por la senadora Edith Terenzi (Despierta Chubut), contempla penas de hasta 25 años de prisión para delitos ambientales.
El dictamen, que fue tratado por las Comisiones de Justicia y Asuntos Penales y de Ambiente y Desarrollo Sustentable en el Senado, había obtenido inicialmente el aval de gran parte de los senadores de La Libertad Avanza (LLA). Sin embargo, tras hacerse público el rechazo de diversos sectores productivos, el bloque oficialista decidió retirar su apoyo el pasado 23 de junio. La senadora Patricia Bullrich, entre otros legisladores de LLA, anunció el retiro de sus firmas y la intención de enviar otro proyecto con modificaciones, luego de escuchar a las voces del agro y la industria.
Los argumentos de la agroindustria contra el proyecto
“Si bien compartimos el imperativo de preservar los recursos naturales en el marco del artículo 41 de la Constitución Nacional, el texto consolidado en el dictamen de la Orden del Día 122/2026 adolece de graves defectos de técnica legislativa que vulneran el principio de legalidad penal y comprometen la seguridad jurídica indispensable para el desarrollo de las actividades agrícolas, forestales, ganaderas, mineras e industriales del país”, aseguraron desde la COPAL y el CAA.
Las entidades advierten que, de aprobarse en sus términos actuales, la normativa se convertiría en una “herramienta de coacción judicial susceptible de paralizar sectores estratégicos de la economía nacional”. Por ello, solicitaron que el proyecto no sea tratado en el recinto y que sea devuelto a las comisiones de origen para un “debate riguroso, interdisciplinario y con base científica que permita conciliar la protección ambiental con la seguridad jurídica y la continuidad de las actividades productivas que sostienen el empleo, las exportaciones y el desarrollo del interior de la República”.
Entre los puntos clave que objetan, los empresarios señalan que el dictamen tipifica el ecocidio para quien provoque daños ambientales “violando cualquier normativa vigente de protección ambiental y sus reglamentaciones”. Esto, a su entender, expande la base legal de tal forma que “la vulneración de una simple resolución administrativa menor o una ordenanza municipal de vuelco o zonificación se convertirá de inmediato en el disparador de un delito federal castigado con 3 a 10 años de prisión”.
Además, critican la inclusión de definiciones técnicas como “daño irreversible”, “grave” o “ambiente” que, al ser conceptos abiertos y difusos, introducen vaguedad en la legislación y afectan la exigencia constitucional de precisión penal. También cuestionan la eliminación del incentivo a la remediación ambiental, al definir que el “daño ambiental irreversible” se configurará “independientemente de las medidas de mitigación o remediación humana que puedan aplicarse”.
“Esta formulación destruye cualquier incentivo o vía de solución técnica posterior a un incidente: aunque una empresa invierta cuantiosos recursos en recomponer integralmente un área afectada, la ley ignorará penalmente dicho esfuerzo de mitigación y considerará consumado el tipo agravado con penas de 5 a 15 años de prisión si el ecosistema no se regenera de forma autónoma”, argumentaron desde la COPAL y el CAA.
Las entidades advierten que esto es contrario al principio de prevención de la Ley General del Ambiente 25.675. Asimismo, el proyecto habilita la persecución penal por imprudencia, negligencia o impericia al consagrar el “ecocidio culposo”, lo que consideran desproporcionado. Esto implicaría que “cualquier contingencia operativa imprevista, una falla técnica, un accidente logístico de transporte, un error de cálculo en un Estudio de Impacto Ambiental o incluso un evento climático extremo no anticipado, expondrá a directivos, ingenieros y técnicos de empresas a penas de prisión efectiva”, explicaron.
Otro punto de conflicto es la facultad que el dictamen otorga a los jueces para imponer la suspensión total o parcial de actividades por hasta 10 años, con inhabilitaciones, pérdida de beneficios estatales y multas de dos a cinco veces el beneficio indebido obtenido. En particular, objetan que, cuando el beneficio no pueda determinarse, la multa se calculará entre el 10% y el 20% del capital social suscripto de la empresa. “Exigir hasta la quinta parte del patrimonio social posee un carácter manifiestamente confiscatorio y su mera aplicación preventiva o cautelar condenará a la quiebra técnica inmediata a cualquier corporación o PYME antes de que exista una sentencia firme”, afirmaron.
Finalmente, los empresarios alertaron que el proyecto no distingue entre el impacto ambiental (inherente a toda actividad antrópica y legalmente admitido) y el daño ambiental propiamente dicho, que presupone una alteración negativa relevante y antijurídica. Sostienen que, al no exigir un umbral cuantitativo preciso, el tipo penal “absorbe conductas que hoy se encuentran debidamente autorizadas por la autoridad competente, criminalizando potencialmente la actividad productiva legal y regulada”.
También advirtieron que la categoría jurídica de “ecocidio” es “instrumentalizada sistemáticamente por agrupaciones activistas como herramienta de litigio y presión contra la actividad productiva lícita”, promoviendo “juicios éticos” y “tribunales populares de la sociedad civil” que catalogan livianamente como “ecocidios” actividades como los cultivos y plantaciones forestales en Corrientes, la producción hidrocarburífera en Vaca Muerta o las operaciones del complejo agroindustrial y portuario del Gran Rosario.
“De sancionarse este dictamen, estas plataformas dispondrán del puente de pata legal para transformar sus relatos ideológicos en denuncias penales reales con poder de clausura preventiva, embargos y privación de libertad”, manifestaron.

