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ARA San Juan: 34 familias piden pena máxima para cuatro exjefes navales

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Casi nueve años después de la trágica implosión del submarino ARA San Juan en el Atlántico Sur, que costó la vida a sus 44 tripulantes, las familias de la mayoría de las víctimas solicitaron la pena máxima para los cuatro exoficiales de la Armada acusados de ser responsables del hundimiento. Las abogadas querellantes, Valeria Carreras y Lorena Arias, que representan a 34 familias, expusieron durante casi cuatro horas ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Río Gallegos.

El pedido de condena recae de manera igualitaria sobre los cuatro imputados: cinco años de prisión de cumplimiento efectivo para el contralmirante (RE) Luis Enrique López Mazzeo, el capitán de navío destituido Claudio Javier Villamide, el capitán de navío (RE) Héctor Aníbal Alonso y el capitán de fragata (RE) Hugo Miguel Correa. Además, las querellas solicitaron diez años de inhabilitación especial para el ejercicio de todo cargo o empleo público para los cuatro, basándose en los artículos 248 y 20 bis del Código Penal.

La abogada Arias explicó que esta calificación, que encuadra los hechos como estrago culposo agravado por muerte en concurso ideal con incumplimiento de los deberes de funcionario público, representa el máximo reproche posible dentro del marco jurídico con el que la causa fue elevada a juicio, aunque considera que la gravedad de lo probado excede ese encuadre.

La “Crónica de una muerte anunciada” y el contexto de la tragedia

Valeria Carreras, quien denominó el suceso como la “Crónica de una muerte anunciada”, cerró su alegato con una emotiva reconstrucción de los últimos momentos del submarino, buscando «devolver humanidad» a una causa dominada por tecnicismos navales. Describió a la tripulación combatiendo durante al menos 20 horas en el interior de la nave: golpeándose contra las paredes, respirando humo, sin visibilidad, achicando agua e intentando comunicarse.

El primer golpe contra una pared del pasillo. El otro golpe contra la otra. Un cabezazo contra la tubería. No veo porque el humo me lo impide.

La abogada se apoyó en los testimonios de las familias, quienes coincidieron en que el submarino estaba en mal estado. “No querían ir. Nos mintieron”, sintetizó Carreras, añadiendo que “la mentira es una forma de violencia, de maltrato”. Para la querellante, el ocultamiento y la falsedad precedieron y acompañaron la tragedia, no solo fueron posteriores.

Uno de los puntos centrales de su exposición fue la comunicación de la madrugada del 15 de noviembre, cuando el ARA San Juan reportó el ingreso de agua al tanque de baterías. Carreras cuestionó que el imputado Correa, quien recibió el llamado en su teléfono particular pasada la medianoche, no se haya trasladado a la base ni convocado a especialistas. Para la querella, ese llamado no era una novedad de rutina, sino un pedido de auxilio.

El encuadre jurídico: imprudencia grave y responsabilidades

Lorena Arias tomó la palabra para construir el encuadre jurídico, sosteniendo que los tres tipos penales imputados –abuso de autoridad, incumplimiento de deberes de funcionario público y estrago culposo agravado por muerte– concurren idealmente sobre una misma conducta omisiva, lo que justifica aplicar la pena del delito más grave.

El eje de su argumentación fue la distinción entre imprudencia simple e imprudencia grave. “La imprudencia grave −explicó− es la que persiste después de que el riesgo fue identificado, documentado y advertido por la propia institución, sin que se adoptara ninguna medida de mitigación”. Arias afirmó que los imputados no fueron sorprendidos por un riesgo desconocido, sino que convivieron con él, lo toleraron y finalmente lo normalizaron.

Los grandes desastres no suelen producirse por una sola decisión. Se producen cuando una estructura entera comienza a aceptar como normal aquello que el reglamento había sido creado para impedir.

La abogada refutó el argumento que las defensas podrían esgrimir, sobre que el ARA San Juan había navegado antes sin accidentes, señalando que “eso no reducía el riesgo objetivo. Lo que reducía era la percepción de urgencia”. También rechazó la tesis de que cada imputado podía desplazar su responsabilidad hacia el otro: “Si todos los garantes se desplazan mutuamente, nadie responde por la muerte de 44 personas. El artículo 45 del Código Penal no funciona así”.

Imputación individualizada para cada exjefe naval

La querella detalló la imputación individual para cada acusado:

  • A Villamide, titular del Comando de la Fuerza de Submarinos, se le atribuye la responsabilidad más directa sobre la última navegación, al conocer el incidente de julio de 2017 y recibir el reporte de averías del 15 de noviembre.
  • A Alonso, jefe del Estado Mayor del Comando de la Fuerza de Submarinos, se le reprocha haber firmado la orden de operaciones que envió al ARA San Juan a su misión final, asumiendo una comprobación del estado del buque que era imposible.
  • A López Mazzeo, la querella sitúa el origen de su reproche el 5 de septiembre de 2017, cuando emitió el mensaje naval que incorporó al ARA San Juan en una operación que requería 12 días de patrulla.
  • A Correa, jefe de Comunicaciones, se le endilgan dos momentos de conducta activa: incorporar la extensión del intervalo de comunicación del submarino de 36 a 48 horas, lo que redujo la capacidad de detección de emergencia, y no tomar ninguna medida tras recibir el llamado de la madrugada del 15 de noviembre.

Al finalizar el alegato, Lorena Arias leyó uno por uno los 44 nombres de los tripulantes del ARA San Juan, en nombre de las familias representadas. Subrayó el sentido del proceso: “Este juicio no puede devolver a sus hijos, a sus hermanos, a sus maridos, a sus padres. Pero sí puede establecer algo indispensable en un Estado de derecho: que la vida de quienes sirven bajo mandos militares no es descartable, y que los deberes existen para cumplirse, y no para archivarse”.

Las querellas también reservaron para las familias el derecho a reclamar la reparación del daño moral y material sufrido. Concluido el alegato de Carreras y Arias, el tribunal dispuso un cuarto intermedio para dar lugar a la exposición del querellante Luis Tagliapietra, padre de uno de los marinos fallecidos.

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