Abuso sexual en Tucumán: la Corte provincial absolvió a dos hombres que habían sido condenados
La Corte Suprema de Justicia de Tucumán absolvió por el beneficio de la duda a Franco Trapani y Álvaro Rodríguez, quienes habían sido condenados por el abuso sexual de Carolina Monteros ocurrido en 2016. La decisión del máximo tribunal provincial desató un fuerte rechazo de organizaciones de derechos humanos y reabrió el debate sobre la aplicación de la perspectiva de género en el sistema judicial.
Un proceso judicial que se extendió por una década
El caso comenzó el 3 de julio de 2016, cuando la denunciante tenía 18 años. Tras salir de un boliche en Tafí Viejo, fue llevada a la casa de los padres de Trapani, donde denunció haber sido sometida sexualmente por turnos por ambos acusados. La denuncia no se realizó de inmediato, sino tres días después, un punto que se convirtió en uno de los principales focos de discusión judicial.
Monteros explicó que el retraso se debió al estado de shock y al miedo tras las amenazas recibidas:
«Recuerdo que esa noche mi vida cambió para siempre. Fui víctima de un abuso sexual cometido por dos hombres. Durante los días posteriores estaba en estado de shock, con mucho miedo por las amenazas recibidas, vergüenza y una profunda confusión. No es cierto que todas las víctimas puedan denunciar de inmediato. Cada persona procesa un hecho traumático de una manera distinta», relató la joven.
Tras años de dilaciones, en octubre de 2025 se llevó a cabo el juicio oral. El juez Antonio Nicolás Gutiérrez condenó a Trapani a diez años de prisión y a Rodríguez a ocho años como coautores de abuso sexual con acceso carnal agravado. Sin embargo, al no dictarse prisión preventiva, los acusados nunca fueron detenidos y continuaron en libertad hasta que la Corte tucumana revocó el fallo.
Las posturas enfrentadas de la querella y la defensa
Para el abogado querellante, Carlos Garmendia, la condena inicial era impecable y contaba con informes médicos y pericias psicológicas oficiales que acreditaban un cuadro de estrés postraumático compatible con violencia sexual. Garmendia adelantó que recurrirá a la Corte Suprema de Justicia de la Nación y criticó con dureza al tribunal provincial por criticar expresamente al juez por haber aplicado perspectiva de género.
En la vereda opuesta, el abogado defensor Alfredo Falú sostuvo que la denuncia es falsa y que la absolución responde a la falta de pruebas para romper la presunción de inocencia. Según la defensa, la relación fue consentida y la denuncia se presentó de forma tardía para preservar una relación de pareja de la denunciante.
Cuestionamientos de organizaciones civiles
La Fundación Mujeres x Mujeres intervino bajo la figura de amicus curiae, señalando que el fallo de la Corte tucumana —integrada por los magistrados Estofán, Leiva y Posse— reproduce estereotipos de «la cultura de la violación». Entre los cuestionamientos, señalaron que se exige un comportamiento único a las víctimas, se valoran conductas previas de manera prejuiciosa y se desestiman las secuelas psicológicas del trauma.
Por su parte, desde la organización Ni Una Menos Tucumán repudiaron el fallo express de la Corte, contrastándolo con las demoras sistemáticas del expediente, y señalaron que la resolución sienta un grave precedente de impunidad al beneficiar a personas vinculadas al poder económico local.

