Régimen Simplificado de Ganancias: qué es y quiénes pueden acceder a la “Inocencia Fiscal”
Luego de que el jefe de Gabinete, Manuel Adorni, y su esposa solicitaran la incorporación al régimen simplificado del Impuesto a las Ganancias, la atención de los contribuyentes se posó sobre este nuevo esquema tributario. Conocido como la “Ley de Inocencia Fiscal”, el sistema promete una transformación en la relación entre el Estado y los ciudadanos en materia de recaudación.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) define este régimen como una “nueva forma de declarar y pagar impuestos pensada para las personas que cumplen con sus obligaciones”. El principal cambio radica en el abandono de la tradicional presunción de culpabilidad fiscal, estableciendo que el contribuyente es inocente hasta que ARCA demuestre lo contrario. Este enfoque busca simplificar los trámites y reducir la carga burocrática para quienes mantienen sus cuentas en regla.
Con el Régimen Simplificado de Ganancias, ARCA predetermina el impuesto y pone a disposición la información de la Declaración Jurada. Los contribuyentes tienen la opción de editarla o agregar datos en caso de errores, y el organismo se focaliza exclusivamente en lo facturado y en los gastos deducibles. Una de las modificaciones más relevantes es que la agencia ya no fiscalizará los gastos personales ni los cambios patrimoniales del contribuyente.
Estas modificaciones entraron en vigencia el 9 de febrero pasado, a partir de la publicación del decreto n° 93/2026 en el Boletín Oficial. El documento lleva las firmas del presidente Javier Milei, el ministro de Economía Luis Caputo, el jefe de Gabinete Manuel Adorni y el entonces ministro de Justicia Mariano Cúneo Libarona.
Quiénes pueden adherir al régimen
Pueden acceder a este régimen simplificado las personas humanas y sucesiones indivisas que cumplan simultáneamente con una serie de requisitos establecidos por ARCA:
- Ser residente en el país.
- Estar inscripto en el impuesto a las Ganancias.
- Tener ingresos y patrimonio dentro de los topes fijados.
- No ser considerado gran contribuyente por ARCA.
- No tener la CUIT limitada u observada.
Topes de ingresos y patrimonio para el régimen
El régimen establece límites claros para la adhesión. No pueden ingresar aquellos contribuyentes cuyos ingresos anuales superen los $1000 millones (neto de IVA). Es crucial destacar que se suman todos los ingresos del año, incluyendo sueldos, alquileres, honorarios y dividendos, sin importar si estos pagan o no el Impuesto a las Ganancias.
De la misma manera, tampoco podrán adherir al régimen los contribuyentes con un patrimonio total superior a $10.000 millones. En este cálculo se consideran todos los bienes, tanto en el país como en el exterior: propiedades, automóviles, inversiones y ahorros.
ARCA aclara que, en todos los casos, verificará estos montos en los últimos tres años anteriores al período optado. Sin embargo, no acumulará los montos entre años, sino que cada ejercicio se analizará de forma independiente. El organismo recaudador también remarca que la declaración del contribuyente se presume correcta y solo puede ser cuestionada si existen pruebas concretas de irregularidades significativas que superen un 15%. Además, si el contribuyente decide depositar ahorros que ya poseía, ARCA no solicitará explicaciones sobre su origen, permitiendo su libre disposición.

