Sociedad

Trata de personas: condenan a un falso pastor por explotación laboral y control psicológico

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El Tribunal Oral Federal (TOF) N°2 de Córdoba condenó a Elías Daniel Argüello Soria a la pena de 9 años de prisión. El falso pastor, que se presentaba como líder de la organización “Dimensión Cielo”, fue encontrado culpable del delito de trata de personas agravada con fines de explotación laboral y reducción a la servidumbre.

La sentencia, que hizo lugar al pedido del fiscal general Carlos Gonella, también alcanzó a la esposa de Argüello Soria, Daiana Felisa Herrera, y a dos colaboradores, Ricardo Matías Mercado y Marcos Matías Burini, quienes recibieron 4 años de prisión como partícipes secundarios. En contraste, Maximiliano David Mercado fue absuelto tras el retiro de la acusación fiscal durante el debate.

Un sistema de manipulación y sometimiento

La investigación del Ministerio Público Fiscal, acreditada en el juicio, reveló que la organización captaba personas en situación de vulnerabilidad emocional, económica y familiar. Utilizando discursos religiosos y promesas de una vida comunitaria basada en valores evangélicos, el grupo las sometía a un «sistema de explotación laboral, aislamiento y control psicológico», según informó el sitio de noticias de la Procuración General de la Nación, www.fiscales.gob.ar.

El fiscal Gonella describió el funcionamiento de “Dimensión Cielo” como un «caso paradigmático de organización coercitiva», caracterizado por «mecanismos de manipulación psicológica y sometimiento espiritual». Las víctimas atravesaban un proceso gradual de despersonalización y disociación, que incluía cambios de nombre, modificaciones en el aspecto físico y restricciones severas sobre sus vínculos familiares y sociales.

Cada uno de ustedes es fiel a Dios y eso es ser fiel a mí.

Esta frase, atribuida a Argüello Soria y citada por el fiscal, ilustra el nivel de control y la confusión de identidades que se fomentaba dentro de la comunidad. Muchas de las personas damnificadas no se percibían a sí mismas como víctimas debido a la intensa manipulación psicológica a la que eran expuestas.

Explotación laboral y condiciones precarias

Durante el debate, se comprobó que las víctimas eran sometidas a extensas jornadas de trabajo en diversos emprendimientos. Esto incluía tareas vinculadas con el rubro inmobiliario, la producción y venta callejera de panificados, además de labores domésticas y de cuidado. Estas actividades se desarrollaban sin una remuneración real y bajo el control permanente de la organización.

Además, el fiscal Gonella afirmó que en muchos casos, las víctimas no administraban su propio dinero. Todos los ingresos eran destinados a un «fondo común», cuya gestión quedaba exclusivamente en manos de los líderes del grupo. Las condiciones de vida eran precarias; un informe policial incorporado como prueba señaló que dos mujeres dormían «en estado de evidente hacinamiento» debajo de una escalera, mientras otros testimonios revelaron que algunas víctimas se bañaban con mangueras o dormían en sillones en sus lugares de trabajo.

El requerimiento de elevación a juicio había sido firmado por la fiscal federal subrogante de San Francisco, María Marta Schianni, y por la fiscal federal y cotitular de la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (Protex), Alejandra Mángano. El análisis de escuchas telefónicas y mensajes durante el proceso judicial confirmó el extremo nivel de control ejercido por Argüello sobre la vida cotidiana y los movimientos económicos y comerciales del grupo.

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