PolíticaSociedad

Feriado del 25 de Mayo: inamovible y con fin de semana largo garantizado

Compartir:

El 25 de Mayo, fecha que conmemora el Día de la Revolución de Mayo, se consolida este año como un feriado nacional inamovible, que además genera un esperado fin de semana largo de tres días. Al caer un lunes, la celebración se anexa al sábado 23 y el domingo 24, ofreciendo una oportunidad ideal para el descanso o una escapada.

La legislación argentina, a través de la Ley 27.399, establece claramente el carácter de los feriados nacionales. En el caso del 25 de Mayo, figura en el listado de asuetos inamovibles. Esto significa que, a diferencia de otros feriados que pueden ser trasladados con fines turísticos, la fecha de la Revolución de Mayo se mantiene fija en el calendario, garantizando su conmemoración en el día preciso de la efeméride histórica.

Remuneración en feriados: ¿qué dice la ley?

Para aquellos trabajadores que deban prestar servicios durante el feriado del 25 de Mayo, la Ley de Contrato de Trabajo (20.744) es contundente. La normativa equipara los feriados nacionales a los días de descanso dominical en cuanto a su remuneración.

Concretamente, la ley estipula que la remuneración por una jornada laboral en un feriado nacional debe ser el doble de lo que se percibe en un día hábil regular. Este mecanismo busca proteger el derecho al descanso obligatorio de los trabajadores y compensar el esfuerzo de quienes cumplen tareas en estas fechas especiales. Por otro lado, a quienes se les otorga el día libre por el feriado, les corresponde cobrar la jornada de forma normal, como cualquier otro día laborable, incluso si coincide con un domingo.

Feriados y días no laborables restantes en el calendario

Más allá del 25 de Mayo, el calendario oficial de la Jefatura de Gabinete anticipa otras fechas importantes para el resto del año, que incluyen feriados inamovibles, trasladables y días no laborables con fines turísticos. Estas son las próximas interrupciones en el calendario laboral:

  • Junio: Lunes 15 de junio (Paso a la inmortalidad del General Don Martín Miguel de Güemes, trasladable del 17); Sábado 20 de junio (Paso a la inmortalidad del General Don Manuel Belgrano, inamovible).
  • Julio: Jueves 9 de julio (Día de la Independencia, inamovible); Viernes 10 de julio (día no laborable con fines turísticos).
  • Agosto: Lunes 17 de agosto (Paso a la inmortalidad del General Don José de San Martín, trasladable).
  • Octubre: Lunes 12 de octubre (Día del Respeto a la Diversidad Cultural, trasladable).
  • Noviembre: Lunes 23 de noviembre (Día de la Soberanía Nacional, trasladable del 20).
  • Diciembre: Lunes 7 de diciembre (día no laborable con fines turísticos); Martes 8 de diciembre (Día de la Inmaculada Concepción de María, inamovible); Viernes 25 de diciembre (Navidad, inamovible).
Compartir: