Pensión de privilegio: la Justicia intimó a la Anses a pagarle a Cristina Kirchner $15 millones
La justicia previsional ha intimado a la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) para que, en un plazo de 10 días, comience a pagarle a Cristina Kirchner una prestación mensual de privilegio que rondaría los $15 millones. La resolución judicial ordena específicamente dar cumplimiento a una medida cautelar dictada en febrero, que establece el abono provisorio de la pensión por ser la viuda del expresidente Néstor Kirchner, a pesar de su condena por administración fraudulenta en perjuicio del Estado.
El plazo para que la Anses acate la orden judicial se cumple el 8 de julio. Fuentes del Gobierno han confirmado que se acatará la disposición judicial, aunque se mantiene un recurso de queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, buscando revertir la resolución de los jueces previsionales.
La medida cautelar fue dictada en febrero pasado por los jueces Sebastián Russo y Juan Fantini, integrantes de la Sala 3 de la Cámara Federal de la Seguridad Social. Esta decisión se tomó luego de que la expresidenta apelara la negativa de la jueza Karina Alonso Candis, del Juzgado Federal N° 1 del fuero previsional, a dar curso a su pretensión.
El debate sobre la caución y la intervención de la Corte
Días antes de esta intimación, la Anses, en su rol de parte demandada, había solicitado a la justicia que fijara una “caución real” como condición para volver a pagarle mensualmente la pensión de privilegio. La intención era que la expresidenta ofreciera una garantía que permitiera al Estado recuperar el dinero abonado en caso de que una sentencia futura fuera adversa a su pretensión.
Sin embargo, Cristina Kirchner presentó una “caución juratoria”, que implica el compromiso formal de devolver el dinero, pero sin el respaldo de un activo real, a diferencia de una “caución real”. La intimación a la Anses se cursó el 24 de junio, poco antes de que la Corte Suprema dejara firme el monto de casi $685.000 millones para ejecutar el decomiso sobre los bienes de la expresidenta, Lázaro Báez y otros exfuncionarios en la causa Vialidad.
Encontrándose cumplido el recaudo exigido para la efectivización de la medida cautelar oportunamente dispuesta, intímese a la demandada [por la Anses] para que, dentro del plazo de 10 días, dé cumplimiento a lo resuelto por la Sala III de la Excma. Cámara Federal de la Seguridad Social.
Así lo señala el escrito firmado por la jueza Alonso Candis, quien aclara que los pagos a realizar no comprenden “sumas retroactivas ni intereses, por no haber sido ello materia de decisión de la medida cautelar otorgada”. El “recaudo exigido” se consideró cumplido con una nota firmada por Cristina Kirchner, en la que presta caución juratoria “a fin de responder a los eventuales daños y perjuicios que tal medida pudiere provocar”.
El pago ordenado por la medida cautelar es de carácter provisorio, mientras se resuelve de manera definitiva el juicio en curso. Este juicio fue iniciado por CFK en rechazo a la normativa de la Anses de noviembre de 2024, que dio de baja tanto esta pensión como la jubilación de privilegio por haber ejercido la presidencia. Ambas asignaciones sumaron en aquel último mes de pago más de $35,2 millones en bruto y casi $22 millones netos.
La medida cautelar concedida por los jueces de segunda instancia se refiere a la reposición provisoria de uno de los beneficios, que en aquel momento ascendía a $12,5 millones, incluyendo un plus por zona austral. Este plus era percibido por Cristina Kirchner debido al domicilio declarado ante la Anses, a pesar de que residía en la Ciudad de Buenos Aires. La baja de las prestaciones de privilegio se dispuso luego de que la Cámara Federal de Casación Penal confirmara la sentencia por corrupción en la causa Vialidad, fallo que luego fue ratificado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
El dictamen del Procurador General
Tras la habilitación de la cautelar, la Anses y el Ministerio Público Fiscal habían presentado recursos extraordinarios para que la causa llegara a la Corte Suprema. Los jueces camaristas rechazaron esa apelación a fines de abril. Días después, el fiscal Juan Carlos Paulucci y la Anses presentaron, por separado, recursos de queja ante el tribunal superior.
En este contexto, el procurador general de la Nación, Eduardo Casal, emitió un dictamen en el que manifestó su opinión favorable a que la Corte intervenga en el caso y rechace la medida cautelar. Según el escrito, la existencia de una condena penal contra CFK, que implica la suspensión del cobro de beneficios previsionales, debería impedir la percepción del ingreso, incluso si se trata de una disposición provisoria. La cuestión de fondo, sobre la baja definitiva de las prestaciones, aún no ha sido considerada.
La abogada Yanina Luminoso, en nombre de la Anses, mencionó en un escrito que “la asignación mensual vitalicia cuya rehabilitación se dispuso cautelarmente ascendería actualmente a 38 haberes mínimos”, lo que equivale a unos $15,3 millones. A pesar de la intimación, la Anses, consultada por acceso a la información pública, respondió que “al no tratarse de un beneficio activo, no se dispone de información sobre montos vigentes ni se puede realizar una proyección teórica de la suma que eventualmente podría corresponder”.
Paso a paso de la controversia
En noviembre de 2024, una resolución firmada por el entonces director ejecutivo de la Anses, Mariano de los Heros, dispuso dar de baja las dos asignaciones de privilegio que hasta ese mes cobraba CFK. Esta decisión se tomó tras la condena de la exfuncionaria por “autora penalmente responsable del delito de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública”.
Después de iniciar una demanda para recuperar ambas asignaciones, la expresidenta solicitó una cautelar para cobrar, mientras se espera la resolución de fondo, una de las dos prestaciones. En febrero de este año, los jueces camaristas accedieron a la solicitud, citando razones “alimentarias”.
Tras esa decisión, se presentó el recurso extraordinario para que la causa llegara a la Corte. Los camaristas Russo y Fantini negaron este recurso, mientras que la tercera integrante de la misma Sala, la jueza Nora Dorado, votó a favor de la solicitud del Gobierno. Posteriormente, se presentaron los recursos de queja, que aún no han sido resueltos.
Ambos ingresos (la asignación vitalicia por expresidenta y la pensión por el expresidente Néstor Kirchner) derivan de la ley 24.018 y son considerados de privilegio porque no exigen requisitos de edad ni tiempo de aportes para su obtención.
La expresidenta comenzó a percibir dos beneficios simultáneamente apenas terminó su presidencia. Durante el gobierno de Mauricio Macri, se le suspendió una de las prestaciones, justificándose en las incompatibilidades de la ley 24.018. Sin embargo, en marzo de 2021, en medio de un juicio, la entonces directora ejecutiva de la Anses, Fernanda Raverta, repuso el pago de la prestación suspendida.
El artículo 5 de la ley 24.018 establece que el cobro de la asignación de expresidente “es incompatible con el goce de toda jubilación, pensión, retiro o prestación graciable nacional, provincial o municipal”. Aunque no hay mención explícita a una asignación vitalicia prevista por la misma ley, la norma define como una “pensión” la asignación por ser viuda de un exmandatario. La cuestión del cobro del doble beneficio tiene su propia causa judicial, que sigue abierta tras un recurso de queja presentado por la entonces diputada nacional Graciela Ocaña ante la Corte Suprema.

