EconomíaSociedad

Aguinaldo 2026: cuándo y cómo deben cobrar el SAC las empleadas domésticas

Compartir:

Las trabajadoras de casas particulares debidamente registradas en la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) y que perciben un salario formal, sin importar la cantidad de horas trabajadas, deberán recibir en junio la primera cuota del Sueldo Anual Complementario (SAC), más conocido como aguinaldo. La proximidad del pago genera dudas tanto en el personal como en los empleadores sobre el monto, la forma de cálculo y la fecha límite para cumplir con esta obligación.

El SAC se divide en dos pagos anuales: un medio aguinaldo en junio y el otro en diciembre. Cada uno corresponde al 50% de la mayor remuneración mensual bruta percibida por el trabajador dentro del semestre correspondiente. Es decir, para el primer pago de 2026, se tomará en cuenta lo cobrado entre enero y junio inclusive.

Fechas y plazos para el pago del aguinaldo

Según lo dispuesto por la Ley 26.844, la fecha tope para abonar la primera cuota del aguinaldo es la última jornada laboral de junio. Esto implica que el día exacto de pago puede variar según el esquema de trabajo de cada empleada. Por ejemplo, si una trabajadora asiste al domicilio solo los miércoles, deberá cobrar el último miércoles de junio, que en este año es el 24.

El abogado tributarista Sebastián Domínguez explicó a Clarín que, si bien es válido que algunos empleadores decidan adelantar el pago, lo crucial es no abonarlo después de la fecha límite estipulada. El cumplimiento en tiempo y forma es fundamental para evitar inconvenientes.

Cómo calcular el aguinaldo de una empleada doméstica

El cálculo del aguinaldo es equivalente a la mitad de la mejor remuneración bruta mensual obtenida en el semestre, en este caso, de enero a junio. Este criterio se aplica tanto a las empleadas mensualizadas como a las que cobran por hora.

  • Modalidad mensual: El SAC será la mitad del mes con el sueldo bruto más alto. Generalmente, esto coincide con el mes del último aumento salarial, aunque puede haber excepciones si se pagaron horas extra en otro mes o si el último mes no se trabajó o no se cobró el sueldo completo.
  • Modalidad por hora: También se considera el mes en el cual se pagó el mayor monto total, dependiendo de la cantidad de días y horas trabajadas, y el valor por hora.

Si la empleada no trabajó los seis meses completos del semestre (por ejemplo, si comenzó después del 1° de enero o finalizó la relación laboral antes del 30 de junio, o en casos de licencias por maternidad o sin goce de sueldo), se deberá abonar un proporcional. Para ello, se dividen los días trabajados (corridos) por los 180 días del semestre y el resultado se multiplica por los días trabajados.

Es importante destacar que, a diferencia del salario, el aporte obligatorio de casas particulares es un monto fijo por mes y no se calcula un proporcional de aportes por el aguinaldo.

Salarios y antigüedad: qué tener en cuenta

Con el último reajuste, el personal para tareas generales, la categoría más común (limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, cocina), percibe en junio los siguientes montos por hora o por jornada:

  • Por hora con retiro: $ 3.600,66
  • Por hora sin retiro: $ 3.862,18

Para las trabajadoras con jornada completa (24 o más horas semanales para un mismo empleador), los valores mensuales de referencia son:

  • Mensual con retiro: $ 441.729,02 (aguinaldo estimado de $ 220.864)
  • Mensual sin retiro: $ 488.326 (aguinaldo estimado de $ 244.163)

Estos valores corresponden únicamente al salario. El empleador deberá abonar además los conceptos de antigüedad, aportes jubilatorios y obra social.

El cálculo de la antigüedad para las empleadas domésticas es del 1% por cada año trabajado, considerando la antigüedad desde el 1° de septiembre de 2020 y sin efecto retroactivo. Este monto adicional debe figurar como un ítem separado en los recibos de sueldo.

Impacto de la reforma laboral en el sector

La reciente reforma laboral introdujo modificaciones específicas en el régimen de casas particulares, aunque los derechos centrales del sistema se mantuvieron. Entre los cambios más relevantes se encuentran:

  • Período de prueba más extenso: Se extiende hasta seis meses. Durante este lapso, el empleador puede finalizar la relación laboral sin pagar indemnización por antigüedad, siempre que se mantengan salarios y aportes.
  • Recibos electrónicos y pagos bancarios: La transferencia bancaria es ahora una prueba válida de pago salarial y se habilitó la emisión de recibos digitales, buscando mayor formalización y trazabilidad.
  • Compensación por ropa de trabajo: La obligación de entregar indumentaria puede reemplazarse por una suma de dinero no remunerativa acordada entre las partes.
  • Nueva actualización de indemnizaciones: Los créditos laborales y montos reclamados en juicios se rigen ahora por las pautas generales de la Ley de Contrato de Trabajo, unificando criterios de cálculo de intereses y actualizaciones.

Aspectos como la jornada máxima de ocho horas diarias o 48 semanales, el descanso semanal obligatorio, las licencias por maternidad, la indemnización por antigüedad (una vez superado el período de prueba), el funcionamiento de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares, y los aumentos salariales y bonos, no sufrieron modificaciones.

Compartir: