Casación confirma sobreseimiento de Santiago Caputo en denuncia de Facundo Manes
La Cámara Federal de Casación Penal dejó firme el sobreseimiento del asesor presidencial Santiago Caputo en la causa iniciada por el exdiputado nacional radical Facundo Manes por una denuncia de amenazas. El incidente, que generó un fuerte cruce político, tuvo lugar durante la apertura de sesiones del Congreso en el año 2025.
El fallo, emitido por los jueces de la Sala IV del tribunal –Mariano Borinsky, Gustavo Hornos y Javier Carbajo–, confirma por unanimidad la resolución previa que había beneficiado a Caputo. Esta decisión ratifica la inexistencia de delito en los actos denunciados por Manes, quien había llevado el caso hasta la máxima instancia penal federal tras no obtener un resultado favorable en las cámaras inferiores.
El origen de la denuncia por amenazas
La denuncia de Manes se remonta al 1 de marzo de 2025, tras el discurso del presidente Javier Milei en la apertura de sesiones. Según el relato del exdiputado, la confrontación con Caputo se inició a raíz de las manifestaciones a viva voz de su compañero de bloque, el diputado Pablo Juliano, que habrían provocado la reacción de Milei.
Manes afirmó haber advertido gritos desde un palco superior, donde vio a Caputo hacer un gesto con los dedos índice y mayor señalándose los ojos, como indicando que lo estaba observando. El exdiputado sostuvo que Caputo expresó frases como “¿No me escuchas? ¡Ya me vas a escuchar! ¡Ahora me vas a escuchar!”. Además, según el testimonio de Juliano, Caputo también habría dicho: “Te voy a hacer mierda”.
El incidente escaló una vez finalizada la apertura de sesiones. Manes declaró que, mientras era entrevistado por la periodista Jazmín Bullorini de Clarín en un pasillo del Congreso, Caputo apareció acompañado de otras personas e interrumpió la conversación. El ex legislador relató que Caputo se le acercó “cara a cara”, levantó su mano derecha y la colocó sobre su rostro, profiriéndole frases como “vos para hacer lo que hiciste, tenés que estar limpio”, “vos no me conoces a mí” y “ya me vas a conocer a mí”, para luego retirarse tras darle dos palmadas en el pecho.
Argumentos del sobreseimiento
La Sala II de la Cámara Federal ya había confirmado la resolución de primera instancia que sobreseyó a Santiago Luis Caputo. Manes apeló esta decisión ante la Cámara Federal de Casación, que ahora convalidó el sobreseimiento al rechazar el recurso del exdiputado nacional.
El juez Borinsky, con la adhesión de Hornos y Carbajo, consideró que la querella no logró demostrar la existencia de arbitrariedad en el fallo de la Cámara Federal, que concluyó que no había delito en los actos denunciados. Borinsky precisó que el contexto de los hechos resultó clave para la decisión. La secuencia de sucesos se inscribe en un “contrapunto entre personas pertenecientes a distintas fuerzas políticas” en el Congreso, en el marco de una “acalorada disputa política”.
Según Borinsky, los actos atribuidos a Caputo se deben interpretar en este contexto y Manes no pudo demostrar que excedieran los límites de la discusión política. Si bien el juez no negó el episodio ni los “tintes hostiles o agresivos” que Manes pudo haber percibido, concluyó que la querella no probó que la secuencia de actos encuadrara en el delito de amenazas, y menos agravadas. Cabe destacar que la fiscalía también había postulado la inexistencia de delito.
El juez Hornos compartió estas consideraciones, sosteniendo que las expresiones de Manes no encuadraban como un anuncio de un mal concreto e inminente, requisito del delito de amenazas. Hornos enfatizó que el altercado se dio en una “acalorada discusión” y debía contextualizarse en “las controversias propias de la discusión política” en un recinto donde se buscan “debates y consensos”. Afirmó que las expresiones “carecen de la entidad amenazante que le había adjudicado -seguramente con buena fe- el querellante”. Carbajo, por su parte, adhirió a las posturas de Borinsky y Hornos.

