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Salarios de la construcción: así quedan los sueldos de albañiles en mayo 2026

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Los trabajadores de la construcción en Argentina ya conocen los nuevos valores para sus salarios a partir de mayo de 2026, tras los acuerdos paritarios alcanzados entre el gremio y las cámaras empresarias del sector. Las negociaciones definieron incrementos y asignaciones no remunerativas que impactan en las distintas categorías y zonas del país.

Los convenios colectivos de trabajo (CCT) que rigen estas actualizaciones son el 76/75, que abarca a la mayoría de los obreros de la construcción, y el 545/08, específico para constructores en áreas petrolíferas y gasíferas. Ambos acuerdos, con vigencia hasta el 31 de mayo, establecen aumentos porcentuales, asignaciones mensuales y una gratificación única.

En representación del sindicato, estuvo presente Rubén Darío Pronotti, Secretario de Organización y Asuntos Gremiales. Por la parte empleadora, participaron Gustavo Weiss, presidente de la Cámara Argentina de la Construcción (CAMARCO), y Ricardo Andino, de la Federación Argentina de Entidades de la Construcción (FAEC).

Detalle de los aumentos para el CCT N°76/75

Para los albañiles comprendidos en el CCT N°76/75, los incrementos correspondientes al mes de abril se perciben los primeros días de mayo. Estos aumentos forman parte del cierre de la paritaria 2025/2026 y del primer tramo bimestral de la paritaria anual 2026-2027.

El acuerdo paritario establece:

  • Un aumento del 2% en marzo de 2026, aplicado sobre los salarios básicos vigentes al 28 de febrero de 2026.
  • Un aumento del 1,9% a partir de abril, sobre los salarios básicos vigentes al 31 de marzo, con la incorporación por absorción de una fracción de la suma no remunerativa de marzo.
  • Un aumento del 1,8% a partir de mayo de 2026, sobre los salarios básicos vigentes al 30 de abril.

Todos estos porcentajes son acumulativos. Además, se fijó el pago de una suma mensual de carácter no remunerativo, liquidada quincenalmente, para los meses de marzo, abril y mayo de 2026.

«Establecer un incremento salarial como cierre de paritaria 2025/2026 y primer tramo bimestral de la paritaria anual correspondiente al período abril 2026—marzo 2027, que se aplicará respecto de las distintas categorías.»

Salarios por hora y categoría a partir del 1° de mayo (CCT 76/75)

Los sueldos por hora, vigentes desde el 1° de mayo, quedan de la siguiente manera (el Sereno se expresa en sueldo mensual):

  • Zona A: Oficial Especializado $6.119 | Oficial $5.235 | Medio Oficial $4.837 | Ayudante $4.452 | Sereno $808.877
  • Zona B (Básico + Adicional Zona): Oficial especializado $6.792 | Oficial $5.813 | Medio oficial $5.362 | Ayudante $4.965 | Sereno $901.124
  • Zona C (Básico + Adicional Zona): Oficial especializado $9.394 | Oficial $8.808 | Medio oficial $8.499 | Ayudante $8.252 | Sereno $1.352.267
  • Zona C-Austral (Básico + Adicional Zona): Oficial especializado $12.238 | Oficial $10.469 | Medio oficial $9.675 | Ayudante $8.905 | Sereno $1.617.754

Suma fija no remunerativa de mayo 2026 (CCT 76/75)

  • Ayudante: Zona «A» $98.500 | Zona «B» $109.400 | Zona «C» $151.200 | Zona «C-Austral» $197.000
  • Medio Oficial: Zona «A» $104.900 | Zona «B» $116.400 | Zona «C» $161.000 | Zona «C-Austral» $209.800
  • Oficial: Zona «A» $114.400 | Zona «B» $127.000 | Zona «C» $175.600 | Zona «C-Austral» $228.700
  • Oficial Especializado: Zona «A» $125.400 | Zona «B» $139.200 | Zona «C» $192.500 | Zona «C-Austral» $250.700
  • Sereno: Zona «A» $98.500 | Zona «B» $109.400 | Zona «C» $151.200 | Zona «C-Austral» $197.000

Condiciones para constructores en áreas petrolíferas y gasíferas (CCT 545/08)

Para los trabajadores bajo el CCT 545/08, se establecen condiciones específicas:

  • Una asignación única, extraordinaria y no remunerativa de $500.000, pagadera en una sola cuota junto con los salarios de la segunda quincena de mayo de 2026. Este monto se liquidará bajo el concepto «Gratificación Única y Extraordinaria eficiencia operativa Cuenca Petrolera».
  • Una asignación mensual no remunerativa de $304.000, vigente a partir de febrero de 2026. Esta asignación, denominada «Asignación Cuenca Petrolera», se abona junto con los haberes de la primera quincena de abril de 2026.

Esta asignación mensual, aunque no remunerativa, está sujeta a los aportes y contribuciones de Obra Social (leyes 23.660 y 23.661) y a los descuentos de la cuota sindical.

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