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Deuda externa: el Gobierno autorizó la toma de US$5000 millones y acepta tribunales de Nueva York

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El Gobierno nacional autorizó formalmente la realización de operaciones de endeudamiento público por un monto de hasta US$5000 millones. La decisión, oficializada mediante el decreto 478/2026 publicado en el Boletín Oficial, incluye la habilitación para prorrogar la jurisdicción a favor de los tribunales de Nueva York para los contratos que se vinculen a estas operaciones.

Esta autorización se inscribe en la estrategia del Ministerio de Economía, liderado por Luis Caputo, para acceder a financiamiento internacional. El objetivo es conseguir préstamos con el respaldo de organismos multilaterales de crédito y, de esta manera, obtener tasas de interés significativamente más bajas que las que debería afrontar el Estado argentino en una colocación tradicional de deuda en los mercados.

Respaldo multilateral y costos de financiamiento

En los últimos días, el Banco Mundial aprobó un esquema de garantías por US$2000 millones. A su vez, el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) autorizó otra garantía de hasta US$550 millones, que tiene como finalidad facilitar una operación capaz de movilizar hasta US$1200 millones de financiamiento privado para el país.

Según explicaciones del Ejecutivo, la meta central es reducir el costo de financiamiento del Tesoro Nacional. Esto se lograría a través de préstamos otorgados por entidades financieras internacionales que contarán con garantías parciales de organismos multilaterales de crédito. Estas líneas, según fuentes oficiales, permitirían obtener financiamiento a tasas muy inferiores a las que el Gobierno pagaría en una emisión soberana convencional, en línea con los compromisos financieros del programa acordado con el Fondo Monetario Internacional (FMI).

Prórroga de jurisdicción y límites a la inmunidad

El decreto lleva las firmas del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Manuel Adorni y el ministro de Economía Luis Caputo. La norma faculta al órgano responsable de la coordinación de los sistemas de administración financiera a incorporar cláusulas de prórroga de jurisdicción en favor de tribunales federales y estaduales del estado de Nueva York.

Esta disposición implica que el país renuncia a invocar la inmunidad de jurisdicción ante eventuales reclamos judiciales relacionados con los contratos alcanzados por estas operaciones. La utilización de tribunales neoyorquinos es una práctica habitual en los contratos de financiamiento internacional, y suele ser un requisito de acreedores e instituciones financieras para otorgar mayor previsibilidad jurídica a las operaciones.

No obstante, el texto establece límites específicos para resguardar determinados activos del Estado. Mantiene la inmunidad de ejecución sobre las reservas y cuentas del Banco Central (BCRA), los bienes del dominio público ubicados en territorio nacional, los activos afectados a servicios públicos esenciales o declarados de utilidad pública por el Congreso, los bienes protegidos por privilegios diplomáticos y consulares, los recursos vinculados a la defensa y la seguridad, los bienes que integran el patrimonio cultural de la Nación y los ingresos provenientes de impuestos y regalías adeudadas al Estado nacional.

La reglamentación también faculta al Ministerio de Economía a definir los plazos, modalidades y monedas de las operaciones. Además, podrá designar a las entidades financieras participantes, suscribir los acuerdos correspondientes, afrontar el pago de comisiones y contratar agentes fiscales o calificadoras de riesgo.

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