Ciudadanía italiana: la Corte de Italia frenó la Ley Tajani y el fallo definitivo quedó en manos del TJUE
Un giro judicial decisivo reabrió las expectativas para miles de argentinos que buscan obtener la ciudadanía italiana. La Corte Constitucional de Italia emitió la Ordenanza N° 147/2026, mediante la cual decidió no resolver de manera directa la constitucionalidad de la polémica Ley Tajani (Ley 74/2025) y optó por elevar una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) para que determine si la restricción impuesta es compatible con los tratados del bloque comunitario.
La denominada Ley Tajani, que comenzó a regir el 28 de marzo de 2025, modificó de manera sustancial el criterio de ius sanguinis (derecho de sangre). La norma limita la transmisión de la ciudadanía de forma exclusiva a hijos y nietos de italianos nativos, excluyendo de manera expresa a bisnietos, tataranietos y generaciones posteriores bajo el argumento de que han perdido el “vínculo efectivo” con el país europeo.
El trasfondo judicial y el impacto en los trámites
La controversia de constitucionalidad se originó a partir de expedientes tramitados ante los tribunales de Mantova y Campobasso. En dichos casos no resultaba acreditado que los interesados hubieran intentado sacar un turno consular o ante una comuna antes del 27 de marzo de 2025, por lo que el planteo alcanza a gran parte de los procesos judiciales promovidos con posterioridad a esa fecha clave.
Ante esta novedad, la abogada argentina Antonella Nediani, colaboradora del Estudio Jurídico Montefiori en Italia, explicó el alcance técnico del dictamen emitido por el tribunal italiano.
“La Corte Constitucional todavía no declaró la inconstitucionalidad de la reforma, sino que suspendió su propio procedimiento y remitió una cuestión prejudicial a la Corte de Justicia de la Unión Europea. El TJUE no deberá pronunciarse sobre la totalidad de la nueva normativa, sino específicamente sobre la disposición del art. 3-bis de la Ley N º 91/1992 que habla sobre la posibilidad de considerar que quienes nacieron en el extranjero antes de la reforma nunca adquirieron la ciudadanía italiana que la legislación vigente al momento de su nacimiento les atribuía iure sanguinis”
Por su parte, Graciela Cerulli, titular del estudio Cerulli Arena, remarcó que se trata de una medida de extraordinaria importancia y sin antecedentes jurídicos directos en la materia. Recordó que previamente, a través de la sentencia Nº 63/2026, la Corte Constitucional se había pronunciado sobre un procedimiento distinto considerando infundadas aquellas objeciones, pero en esta ocasión optó por solicitar la interpretación directa de la justicia europea.
Qué puede cambiar para los solicitantes
El fallo de la justicia europea resultará determinante para el futuro del trámite. Si el TJUE concluye que el decreto es incompatible con el Derecho de la Unión Europea, la disposición en pugna dejará de aplicarse. De confirmarse ese escenario, las personas nacidas antes de la sanción de la norma que hayan iniciado su causa después del 28 de marzo de 2025 recuperarán la posibilidad de exigir el reconocimiento de la ciudadanía.
Respecto a quienes aún no iniciaron acciones legales, Nediani recomendó mantener la cautela y aguardar la resolución del tribunal europeo antes de promover un nuevo juicio. La única excepción aplica para quienes cuenten con documentación fehaciente que demuestre que intentaron obtener un turno antes de la fecha límite del 27 de marzo de 2025, supuesto que conserva una vía de argumentación diferenciada.
Plazos de resolución y suspensión de juicios
En cuanto a los tiempos, los especialistas aclararon que no existe un plazo fijo para la sentencia del tribunal con sede en Luxemburgo. Las estimaciones indican que la decisión podría demorar entre seis meses, un año o incluso extenderse hasta un año y medio.
Si bien la suspensión de las causas en los juzgados italianos no opera de forma automática y debe ser dispuesta por cada magistrado en el caso concreto, la remisión efectuada por la Corte Constitucional brinda un fundamento jurídico sólido para paralizar los juicios en trámite hasta que el fuero europeo emita su veredicto final.

