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Prestación por Desempleo: la Anses confirmó el calendario de pagos de julio de 2026 y los nuevos montos

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La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) oficializó el cronograma de pagos correspondiente a julio de 2026 para la Prestación por Desempleo, una asistencia económica clave destinada a acompañar a los trabajadores que perdieron su empleo formal sin justa causa. Este beneficio busca amortiguar el impacto de la pérdida de ingresos mientras las personas se reinsertan en el mercado laboral.

El monto de la prestación y la cantidad de cuotas (que oscilan entre 2 y 12 meses) se determinan de forma personalizada en función de los ingresos percibidos y los meses trabajados con aportes durante los últimos tres años. Como medida de protección adicional, la normativa vigente contempla que los beneficiarios mayores de 45 años tengan derecho a percibir la asistencia durante seis meses adicionales.

Calendario de pagos de julio de 2026

El esquema de pagos diagramado por la Anses se distribuye de acuerdo con la terminación del Documento Nacional de Identidad (DNI) de los beneficiarios. Las fechas confirmadas para este mes son las siguientes:

  • DNI terminados en 0 y 1: 22 de julio
  • DNI terminados en 2 y 3: 23 de julio
  • DNI terminados en 4 y 5: 24 de julio
  • DNI terminados en 6 y 7: 27 de julio
  • DNI terminados en 8 y 9: 28 de julio

Este cronograma forma parte del esquema mensual del organismo, que también incluye otras prestaciones de la seguridad social, como informó este medio ANSeS: el calendario de pagos completo de jubilaciones, asignaciones y Prestación por Desempleo en julio de 2026.

Nuevos montos mínimos y máximos

El cálculo inicial de la Prestación por Desempleo toma como referencia el 75% de la mejor remuneración neta mensual, normal y habitual que haya percibido el deudor laboral durante los últimos seis meses de actividad. Sin embargo, el beneficio cuenta con límites regulados por el Gobierno nacional. A partir del 1º de julio de 2026, el monto mínimo a percibir se estableció en $186.200, mientras que el tope máximo quedó fijado en $372.400.

Requisitos y cómo realizar el trámite

La asistencia está dirigida a tres grandes grupos: los trabajadores en relación de dependencia comprendidos en la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744, el personal de casas particulares (bajo la Ley 26.844) y los trabajadores de la construcción regulados por la Ley 25.371. El trámite es completamente gratuito y puede realizarse tanto de forma virtual, a través de la plataforma oficial de la Anses con CUIL y Clave de la Seguridad Social, como de manera presencial en las oficinas del organismo, solicitando un turno previo.

Para iniciar la gestión, los solicitantes deben presentar su DNI (original y copia) y la documentación que acredite el cese laboral. Entre los documentos válidos se encuentran el telegrama de despido sin justa causa, la notificación de quiebra del empleador certificada por el síndico, el telegrama de desvinculación por justa causa fundada por el trabajador, el contrato a plazo fijo vencido o la partida de defunción en caso de fallecimiento de un empleador unipersonal.

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