Freno a los fondos para invertir en el exterior: la CNV los suspende por “costo fiscal”
La Comisión Nacional de Valores (CNV) aplicó un freno temporal a los Fondos Comunes de Inversión Abiertos (FCIA) destinados a grandes patrimonios que buscan posicionarse en activos fuera de la Argentina. La justificación técnica es una revisión del costo fiscal final que implican estas herramientas de inversión.
La medida entró en vigencia este jueves, a través de la Resolución General N° 1153, publicada en el Boletín Oficial. La normativa suspende transitoriamente la aprobación de nuevos FCIA destinados a inversores calificados que prevean en su reglamento la gestión de inversión en activos emitidos y negociados en el exterior en un porcentaje mayor al 25% de su patrimonio neto.
Además, la CNV también suspendió las nuevas suscripciones de cuotapartes a este tipo de fondos ya existentes. Esto implica que los inversores calificados que aún no operaban con estos instrumentos no podrán hacerlo. “Dicha suspensión, de índole transitoria, se debe a la evaluación pendiente del costo fiscal que implican este tipo de FCIA», explicó el organismo que dirige Roberto Silva en un comunicado oficial.
El origen y la evolución de los fondos para inversores calificados
Estos fondos nacieron bajo el impulso de la Ley de Financiamiento Productivo, que reformó la Ley de Fondos Comunes de Inversión al incorporar el artículo 7 bis. El objetivo original de esta modificación legislativa era modernizar el mercado de capitales local, permitiendo la estructuración de fondos exclusivos para “inversores calificados”. Este segmento agrupa a aquellos que cumplen con determinados requisitos patrimoniales y de ingresos anuales.
La premisa de su creación era que estos vehículos funcionarían como canales fundamentales para captar ahorro a gran escala. Se esperaba que robustecieran la demanda de valores negociables, aumentando la profundidad y liquidez de la plaza financiera doméstica.
Limitaciones previas y la actual reconsideración
Inicialmente, la CNV había limitado la sumatoria del patrimonio neto de los fondos destinados a inversores calificados en moneda extranjera al 25% del total administrado por cada sociedad gerente, mediante la Resolución General 1030. Sin embargo, en abril del año pasado, a través de la norma 1059, se decidió aliviar ese techo. La modificación excluyó del cálculo a los fondos que invirtieran exclusivamente en valores negociables emitidos y negociados dentro de la Argentina, con el fin de apuntalar el mercado de crédito doméstico.
Ahora, la situación se revierte con la nueva disposición. La resolución de la CNV cierra:
“En esta instancia, se está reconsiderando el costo fiscal de dichos FCIA. Que, mientras tanto, corresponde suspender la aprobación de nuevos FCIA bajo el artículo 7 bis de la Ley de Fondos Comunes de Inversión que prevean en su reglamento de gestión la inversión en activos emitidos y negociados en el exterior en un porcentaje mayor al 25% de su patrimonio neto, así como suspender la suscripción de nuevas cuotapartes de los ya existentes».

