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Fallo clave: la Cámara de Casación convalidó la ley de «inocencia fiscal» retroactiva y sobreseyó a un empresario

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La Cámara Federal de Casación resolvió que la denominada ley de “inocencia fiscal”, que elevó los montos mínimos para configurar delitos de evasión, debe aplicarse de manera retroactiva. Este fallo, unánime, sobreseyó a un empresario acusado de evasión agravada y consolida una jurisprudencia que podría acelerar el cierre de múltiples causas.

La decisión de la Sala IV del tribunal, integrada por Javier Carbajo, Gustavo Hornos y Mariano Borinsky, hizo lugar a un recurso de la defensa del responsable de la firma Recolección y Limpieza Ambiental S.A., de Necochea, quien era investigado por supuestos delitos de evasión tributaria.

Este precedente sienta una base firme para la aplicación de la ley 27.799, que establece nuevos umbrales para la evasión fiscal: $100.000.000 para la evasión simple y $1.000.000.000 para la evasión agravada. La retroactividad de la norma, al ser más benigna para los imputados, se fundamenta en el artículo 2 del Código Penal y en precedentes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, como los casos Palero, Vidal y Caravetta.

El sobreseimiento de Guillermo Javier Martínez

El fallo benefició directamente a Guillermo Javier Martínez, quien fue sobreseído por el delito de evasión agravada. Se le reclamaba el pago del impuesto a las ganancias por el período fiscal 2017 ($1.998.088,45) y del IVA de los períodos fiscales 2018 ($16.057.106,00) y 2019 ($17.477.853,75) que debía tributar su empresa.

Los camaristas destacaron que la ley 27.799, que entró en vigor el 2 de enero de 2026, redefinió los montos mínimos para la configuración de la evasión. Al ser esta una ley más benigna, su aplicación retroactiva es obligatoria, lo que llevó al sobreseimiento de Martínez.

Cambio de enfoque en política criminal

En su voto, el juez Mariano Borinsky explicó que la ley de inocencia fiscal no se limita a una mera actualización de los pisos de persecución penal, sino que implica un “cambio de enfoque” en la política criminal. Este nuevo paradigma busca distinguir claramente entre el derecho administrativo sancionador y el derecho penal.

La elevación de los umbrales de punibilidad, la ampliación de los mecanismos de extinción de la acción penal, la reducción de los plazos de prescripción y la limitación de las denuncias automáticas evidencian una decisión legislativa clara: reservar la intervención penal para los supuestos de mayor entidad lesiva, evitando la criminalización de incumplimientos de baja significación económica.

La consolidación de esta jurisprudencia podría tener un impacto significativo en otras investigaciones en curso, como la que involucra a Claudio “Chiqui” Tapia, Pablo Toviggino y otros directivos de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) por supuesta retención indebida de aportes y evasión.

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