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Monotributo junio 2026: ARCA confirma que escalas y cuotas se mantienen sin cambios hasta agosto

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Los contribuyentes adheridos al Monotributo mantendrán en junio de 2026 las mismas escalas y cuotas mensuales que rigieron en el mes anterior, según confirmó la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). La entidad informó que la última adecuación de los valores se realizó en febrero y que la próxima actualización está programada para agosto de 2026.

El Monotributo, definido por ARCA como un régimen para pequeños contribuyentes, unifica el pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y Ganancias con los aportes jubilatorios y la obra social. Este sistema permite abonar una única cuota mensual, simplificando el cumplimiento de las obligaciones tributarias. El monto a pagar cada mes varía en función de la categoría asignada, la cual se determina por parámetros como la facturación anual, la superficie afectada a la actividad, el consumo de energía eléctrica y los gastos de alquiler de local comercial, si los hubiera.

Cómo se actualizan las escalas del Monotributo

La categoría de un monotributista puede modificarse por dos razones principales: la actualización de las escalas generales, que puede hacer que el contribuyente ya no encuadre en su categoría actual, o la necesidad de recategorizarse si la facturación real supera el límite establecido para la categoría en la que está inscripto.

La actualización del Monotributo se realiza semestralmente. Los valores actuales, que rigen para el período de febrero a julio de 2026, fueron calculados en base a la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) acumulado entre julio y diciembre de 2025, que alcanzó el 14,28%. Esta metodología responde a las últimas reformas introducidas por la Ley 27.743, que reglamenta el Régimen de Regularización Excepcional de Obligaciones, y que vincula las escalas y cuotas a la inflación informada por el INDEC.

La información oficial de ARCA detalla las 11 escalas activas que definen la categoría según el nivel de ingresos brutos anuales. Mantener la categoría correcta es fundamental para evitar inconvenientes con el organismo recaudador, conservar los beneficios del régimen y asegurar el cumplimiento de todas las obligaciones fiscales.

“De esta manera, se paga solamente una cuota mensual y se agiliza el cumplimiento de las obligaciones tributarias. El monto a abonar todos los meses dependerá de la categoría asignada en función de los parámetros establecidos para la facturación anual, la superficie afectada a la actividad, la energía eléctrica consumida y los gastos de alquiler del local comercial, si lo hubiera.”

A continuación, las escalas y cuotas mensuales vigentes hasta julio de 2026:

  • Categoría A: Ingresos brutos hasta $10.277.988,13. Cuota: $42.386,74 (Locaciones y prestaciones de servicios y venta de cosas muebles).
  • Categoría B: Ingresos brutos hasta $15.058.447,71. Cuota: $48.250,78.
  • Categoría C: Ingresos brutos hasta $21.113.696,52. Cuota: $56.501,85 (Locaciones y prestaciones de servicios) / $55.227,06 (venta de cosas muebles).
  • Categoría D: Ingresos brutos hasta $26.212.853,42. Cuota: $72.414,10 (Locaciones y prestaciones de servicios) / $70.661,26 (venta de cosas muebles).
  • Categoría E: Ingresos brutos hasta $30.833.964,37. Cuota: $102.537,97 (Locaciones y prestaciones de servicios) / $92.658,35 (venta de cosas muebles).
  • Categoría F: Ingresos brutos hasta $38.642.048,36. Cuota: $129.045,32 (Locaciones y prestaciones de servicios) / $111.198,27 (venta de cosas muebles).
  • Categoría G: Ingresos brutos hasta $46.211.109,37. Cuota: $197.108,23 (Locaciones y prestaciones de servicios) / $135.918,34 (venta de cosas muebles).
  • Categoría H: Ingresos brutos hasta $70.113.407,33. Cuota: $447.346,93 (Locaciones y prestaciones de servicios) / $272.063,40 (venta de cosas muebles).
  • Categoría I: Ingresos brutos hasta $78.479.211,62. Cuota: $824.802,26 (Locaciones y prestaciones de servicios) / $406.512,05 (venta de cosas muebles).
  • Categoría J: Ingresos brutos hasta $89.872.640,30. Cuota: $999.007,65 (Locaciones y prestaciones de servicios) / $497.059,41 (venta de cosas muebles).
  • Categoría K: Ingresos brutos hasta $108.357.084,05. Cuota: $1.381.687,90 (Locaciones y prestaciones de servicios) / $600.879,51 (venta de cosas muebles).

Cómo inscribirse en el Monotributo

El proceso para inscribirse en el Monotributo comienza con el registro ante ARCA. Los interesados deben obtener la Clave Fiscal y la CUIT. Posteriormente, es necesario ingresar con la Clave Fiscal y habilitar el domicilio fiscal electrónico, un requisito indispensable para recibir comunicaciones oficiales de la Agencia de Recaudación y prevenir posibles estafas.

Una vez completados estos pasos, el contribuyente debe acceder al servicio “Registro Único Tributario – RUT” con su Clave Fiscal para cargar la información de sus domicilios, declarar las actividades que desarrollará y dar inicio al proceso de alta en el Monotributo. ARCA subraya que todos los trámites necesarios para la inscripción son 100% gratuitos.

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