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El Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones genera “gusto a poco” en las pymes

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El Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI), diseñado para impulsar la inversión productiva de pequeñas y medianas empresas (pymes) mediante beneficios fiscales, genera un “gusto a poco” entre especialistas y referentes del sector. Si bien se valora como una señal económica positiva y una mejora en el flujo de caja, las críticas apuntan a los montos mínimos de inversión, los plazos acotados y los cupos presupuestarios que introducen incertidumbre.

El RIMI, vigente desde marzo y a la espera de reglamentación operativa por parte de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), busca incentivar la incorporación de bienes de capital, tecnología y obras vinculadas a la producción. Los beneficios incluyen la amortización acelerada en el impuesto a las Ganancias y la devolución anticipada del crédito fiscal de IVA.

Beneficios y limitaciones del RIMI

Economistas y empresarios consultados coinciden en que el RIMI representa un avance al “mejorar el flujo de caja” de las empresas. Gustavo Lázzari, economista y empresario pyme, explica que la amortización acelerada es “importantísima, porque mientras más ganancias declaradas más se puede aplicar a inversiones y podría significar que, prácticamente, no se pagará ese impuesto”. El asesor tributario Nicolás Boglione añade que este mecanismo “adelanta el recupero fiscal y mejora la ecuación económica de la inversión en los primeros años”, concentrando el ahorro total de impuesto en los dos primeros años de la inversión.

La devolución anticipada del IVA es otro pilar destacado. Boglione subraya que “reduce el capital de trabajo inmovilizado en créditos fiscales, un problema histórico de las pymes inversoras”, especialmente porque un crédito fiscal “genera un perjuicio financiero muy significativo y no se puede actualizar por ningún índice”.

No obstante, la herramienta presenta “limitaciones importantes”. El principal cuestionamiento es que se trata de un “alivio financiero temporal en el flujo de caja” y no una reducción estructural de la carga tributaria. Guillermo Fasano, integrante del Movimiento Nacional Pyme, afirma que “la carga económica final sobre la rentabilidad sigue intacta”. En este sentido, Marcos Cohen Arazi, del Ieral de la Fundación Mediterránea, señala que si bien los beneficios suman, “no son definitorios” y la viabilidad de las inversiones “depende también de las perspectivas para la economía argentina”.

Montos, plazos y comparaciones con el RIGI

Las empresas tienen un plazo de hasta dos años para realizar las inversiones, contados desde el 6 de marzo. Los montos mínimos exigidos varían según el tamaño de la firma: US$150.000 para microempresas, US$600.000 para pequeñas, US$3,5 millones para medianas tramo I y US$9 millones para el tramo II. Las inversiones se computarán sin IVA y se exige respaldo documental, tomando el tipo de cambio comprador del Banco Nación del día hábil anterior a la fecha de la factura. Solo se exceptúan de un mínimo las inversiones en sistemas de riego, bienes de alta eficiencia energética, mallas antigranizo para el agro y bienes semovientes.

Estos umbrales son considerados “elevados” para muchas pymes. Daniel Rosato, presidente de Industriales Pymes Argentinos, critica que “para una microempresa US$150.000 es mucho” y que la industria manufacturera, con baja demanda de insumos y bienes de capital, “prácticamente no puede aplicar” el régimen. Lázzari coincide, indicando que “con el nivel de ventas, actividad y falta de financiamiento es difícil de alcanzar este año y se pierde uno de los dos que se extiende”. Damián Di Pace sugiere avanzar con montos desde US$75.000 para incluir a microempresarios.

La comparación con el Régimen de Incentivo a las Grandes Inversiones (RIGI) es “inevitable” y resalta una “marcada diferencia”. Fasano sostiene que la diferencia “no es de escala, es de naturaleza”, ya que el RIGI ofrece “reducción de la alícuota de Ganancias, uso de quebrantos sin límite, estabilidad normativa por 30 años, libre disponibilidad de divisas y acceso a arbitraje internacional”, mientras que el RIMI “sobrevive dentro de un sistema de alta presión tributaria e incertidumbre jurídica”. Di Pace advierte que el volumen de adhesiones al RIMI no será alto, ya que su diseño evaluó el impacto fiscal, una visión que considera “equivocada”.

Impacto selectivo y desafíos estructurales

Daniel Scandizzo, titular de la consultora AxiaBis, comparte que el RIMI “mejora su flujo de fondos, su caja, en el corto plazo, pero no cambia estructuralmente sus condiciones de capacidad de acceder a financiamiento”. También observa que la norma se enfoca en “bienes amortizables”, dejando fuera inversiones en “capital intelectual” o patentes, que son cruciales para la modernización tecnológica de las empresas.

Soledad Pérez Duhalde, directora de Inteligencia de Mercado y Negocios de ABECEB, en un análisis para LA NACION, contextualiza que el RIMI “no es una política integral para resolver los problemas estructurales de las pymes argentinas, sino una herramienta más bien financiera orientada a mejorar la ecuación económica de determinados proyectos de inversión”. Señala que su impacto estará limitado por la calibración entre el tamaño de la empresa y la intensidad de la inversión, dejando “poco espacio para empresas medianas con proyectos relevantes, pero no transformacionales” entre el RIMI y el RIGI.

En definitiva, el RIMI probablemente funcione mejor para “pymes ordenadas, con cierto capital propio para financiarse, proyectos concretos de inversión y vinculadas a sectores con demanda creciente”. Sin embargo, los expertos insisten en la necesidad de una política de Estado más abarcativa para el sector pyme, que representa el 42% del PBI y el 70% del empleo, y que enfrenta problemas estructurales como la alta presión tributaria, la falta de financiamiento y la inestabilidad económica.

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