Protección de la Vivienda: Escribanos porteños ofrecen el trámite gratuito para evitar remates por deudas
Ante el incremento de familias con dificultades para afrontar sus préstamos y la inquietud sobre la posible pérdida de sus viviendas, el Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires (CECBA) anunció una importante iniciativa. Este sábado 6 de junio, la entidad pondrá a disposición de los vecinos un servicio gratuito para inscribir sus casas y departamentos en el Régimen de Protección de la Vivienda, el mecanismo legal que resguarda la propiedad frente a futuras deudas.
La jornada se enmarca en la campaña de servicio público Cuidá lo Tuyo y las celebraciones por el 160° aniversario de la fundación del CECBA. La propuesta busca facilitar el acceso a una herramienta legal clave para la seguridad patrimonial, bonificando los aranceles y gastos asociados al trámite.
Cuándo y dónde se realizará la jornada gratuita
La cita es este sábado 6 de junio, entre las 10 y las 13 horas, en la sede del Gobierno Porteño de Uspallata 3160, en el barrio de Parque Patricios. Es fundamental destacar que solo se tomarán trámites de inmuebles ubicados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Además de la atención personalizada para realizar las inscripciones, a las 10.30 horas se brindará una charla informativa abierta al público titulada «Casa protegida, garantía posible». En esta instancia, se abordarán dudas frecuentes, como la posibilidad de que una persona con su vivienda protegida pueda actuar como garante de un alquiler. Durante toda la jornada, también habrá asesoramiento gratuito sobre créditos hipotecarios, herencias, directivas anticipadas de salud y otros temas de incumbencia notarial.
“Es una alegría continuar con las celebraciones de los 160 años del CECBA y la mejor manera es brindar un servicio a la comunidad que le sirva”, destacó Magdalena Tato, la presidente de la entidad, invitando a la gente a sumarse. “Es un hecho fundamental para asegurar el techo y dar una instancia más de seguridad a la sociedad”, agregó la escribana.
Claves del Régimen de Protección de la Vivienda
El Régimen de Protección de la Vivienda, antes conocido como «bien de familia» y reformado en 2015 con el nuevo Código Civil y Comercial (CCC), es una herramienta legal que impide que la casa propia sea rematada por deudas futuras. Esto significa que los acreedores, como bancos o entidades financieras, no podrán cobrarse obligaciones impagas mediante la venta forzosa de la propiedad.
Es importante conocer sus alcances y limitaciones:
- Protección contra deudas futuras: El sistema resguarda la vivienda de obligaciones que se generen a partir de la fecha de inscripción. No cubre deudas preexistentes.
- Excepciones: No protege contra todas las deudas. Quedan exceptuadas las obligaciones por expensas, ABL (Alumbrado, Barrido y Limpieza), cuotas alimentarias, préstamos hipotecarios o créditos destinados a mejoras de la propiedad.
- Tipos de propiedades: Puede inscribirse una casa, departamento o cualquier inmueble utilizado como vivienda, incluyendo cocheras y bauleras, hasta por el 100% de su valor. Una misma persona no puede tener más de una propiedad inscripta.
- Quiénes pueden solicitarlo: Cualquier persona propietaria puede pedir la protección, incluso si la vivienda está hipotecada. En propiedades con múltiples dueños, todos los cotitulares deben solicitarla en conjunto, sin necesidad de que sean parientes. El titular o al menos un beneficiario debe vivir en la propiedad para mantener la protección.
- Beneficiarios: Se pueden designar beneficiarios (cónyuge, padres, hijos, nietos, etc.) para que también estén amparados por el régimen.
- Traslado de protección: Una de las novedades de la reforma de 2015 es que, al vender una propiedad protegida y adquirir una nueva, es posible trasladar la protección, manteniendo la antigüedad y el amparo.
Documentación necesaria para el trámite gratuito
Para realizar la inscripción con los escribanos de forma gratuita en la jornada Cuidá lo Tuyo, los propietarios o cotitulares deberán presentarse antes de las 12 del mediodía con originales y fotocopias de la siguiente documentación:
- DNI de cada uno de los dueños.
- Documentos que acrediten la propiedad del inmueble (escritura, declaratoria de herederos, adjudicación, subasta).
- Documentos que prueben el vínculo entre el dueño y los beneficiarios (acta de matrimonio, partida de nacimiento, etc.).
- Constancia del estado civil, solo si ha cambiado respecto al que figura en el título de dominio.
La escritura de la propiedad será retenida durante el trámite y devuelta una vez finalizado el proceso, que según el Colegio de Escribanos, suele demorar alrededor de 120 días hábiles. Es importante recordar que todos los trámites y actos necesarios para ingresar al régimen están exentos de impuestos y tasas.

