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Paritarias de Empleados de Comercio: acordaron un aumento del 5,7%, un bono de $50.000 y nuevos plazos

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La Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS) cerró una nueva revisión de la paritaria mercantil junto a las principales cámaras empresarias del sector. El acuerdo contempla un incremento salarial del 5,7% a liquidarse de forma escalonada, el otorgamiento de una asignación extraordinaria de $50.000 y modificaciones en el cronograma de incorporación de una suma fija no remunerativa de $120.000 a los sueldos básicos del sector.

Cómo se aplicará el incremento salarial y los bonos

El entendimiento, firmado en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 130/75, contó con la participación de la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) y la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (UDECA).

Según los términos pactados, la suba del 5,7% se calculará sobre la escala de remuneraciones básicas tomando como referencia los valores correspondientes a junio de 2026, más las sumas de carácter no remunerativo vigentes a dicha fecha. Esta recomposición se abonará en tres tramos iguales de 1,9% cada uno: el primero con los haberes de julio de 2026, el segundo a partir de agosto y el tercero desde septiembre.

A la par del porcentaje de aumento, las partes acordaron la liquidación de una asignación extraordinaria por única vez, de carácter no remunerativo y no acumulativo, por un total de $50.000. Dicho monto se pagará en dos cuotas consecutivas e iguales de $25.000: la primera junto con la liquidación del sueldo de julio y la parte restante con los haberes del mes de agosto.

Suma fija y cláusula de revisión

Un punto clave del acta firmada radica en la prórroga para la incorporación al sueldo básico de la suma fija no remunerativa de $120.000 que ya se encontraba vigente. En lugar de integrarse en un único desembolso, las partes pactaron su pase al básico en seis cuotas mensuales y consecutivas de $20.000.

Este proceso se desplegará en los recibos de sueldo correspondientes a diciembre de 2026, enero, febrero, marzo, abril y mayo de 2027. Las sumas no remunerativas pendientes de liquidar se mantendrán ajustadas al esquema estipulado en la cláusula tercera del entendimiento previo celebrado el 26 de marzo de 2026.

El entendimiento tendrá vigencia formal a partir del 1° de julio de 2026. No obstante, en función de la dinámica macroeconómica, las cámaras patronales y el gremio fijaron el compromiso de volverse a reunir durante el mes de octubre con el objetivo de evaluar la evolución de los indicadores y analizar la necesidad de una nueva actualización.

Por último, la letra del acta especifica que estos incrementos no resultan de aplicación obligatoria para los convenios salariales particulares que puedan suscribirse en la ciudad de Río Grande, en Tierra del Fuego, aunque las sumas resultantes constituirán un piso salarial convencional una vez que el acuerdo sea homologado por la autoridad de aplicación.

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