Sociedad

Violencia policial: condenaron a dos efectivos de la Ciudad que mataron a un vecino para evitar una fuga

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El Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N° 25 condenó a cuatro años de prisión y ocho de inhabilitación especial a los oficiales de la Policía de la Ciudad Diego Seijas y Daniel López. Los magistrados los hallaron culpables del delito de homicidio simple cometido en exceso del cumplimiento de su deber por la muerte de Mauro Díaz, un vecino de 36 años que quedó atrapado en medio de una persecución en el límite entre el barrio porteño de Villa Urquiza y la provincia de Buenos Aires.

Una persecución que terminó en tragedia

El hecho investigado ocurrió la noche del 14 de enero de 2018. Los policías se encontraban en un destacamento en el cruce de las avenidas Constituyentes y General Paz cuando intentaron detener un Citroën C4 Lounge con pedido de secuestro. Tras eludir el control, los delincuentes iniciaron una huida que se detuvo a las pocas cuadras cuando se les reventó un neumático. En el auto viajaban Raúl Zarauza Vila, Ezequiel Brítez, David Emmanuel Asselborn y un cuarto cómplice no identificado.

Al verse acorralados, los sospechosos descendieron del vehículo para robar el Fiat Uno Way de Díaz, quien regresaba de dejar a su hijo en la casa de su madre y se había detenido para dejarlos pasar. En ese instante de extrema tensión, los oficiales Seijas y López abrieron fuego de manera coordinada: el primero disparó nueve veces y su compañero lo hizo en dos oportunidades. Uno de los proyectiles impactó de lleno en el pecho de Díaz, provocándole la muerte de forma inmediata.

El rechazo a la legítima defensa

Durante el debate, las defensas de los uniformados intentaron justificar el accionar bajo la figura de la legítima defensa. Sin embargo, los jueces Marcelo Bartomeu Romero, Hugo Navarro y Domingo Altieri descartaron de plano este argumento. El tribunal remarcó que los policías dispararon 11 veces en una zona residencial un domingo por la noche sin cerciorarse de la presencia de terceros, poniendo en riesgo a los vecinos de la zona, entre ellos a un matrimonio que paseaba con su hijo pequeño.

“Sabían que disparar en ese contexto espacial y temporal importaba la realización de una acción riesgosa para la integridad física de todas las personas que pudieran encontrarse en las inmediaciones, incluido Díaz”, señalaron los magistrados en el fallo.

Los jueces también destacaron que los efectivos cuentan con formación profesional para afrontar estas situaciones y que la supuesta agresión armada de los delincuentes —quienes apuntaron pero no llegaron a disparar— era un escenario previsible para el cual debían estar preparados sin necesidad de recurrir al uso desmedido de sus armas reglamentarias.

Violación a los protocolos de la fuerza

El fallo hizo especial hincapié en la Ley N° 5688 de la Ciudad de Buenos Aires, que regula el uso de la fuerza pública. Su artículo 97 establece que el uso de armas de fuego debe limitarse a lo estrictamente necesario y proporcional. El tribunal determinó que los imputados crearon un «peligro prohibido» y que tenían alternativas viables como resguardarse tras el patrullero, pedir apoyo o dar la voz de alto antes de disparar en plena calle.

Por otra parte, el tribunal condenó a cuatro años de prisión a Raúl Zarauza Vila por el delito de robo agravado por el uso de arma de fuego, aunque descartó su responsabilidad directa en el fallecimiento de Díaz. Los otros dos ocupantes del auto robado no llegaron a enfrentar esta instancia judicial: Asselborn murió horas después del hecho en un hospital debido a las heridas de bala policiales, mientras que Brítez falleció antes de que la causa fuera elevada a juicio oral.

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