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Quiebra de SanCor: la Justicia puso en venta la láctea con una base de US$ 52,1 millones

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La Justicia santafesina dio inicio formal al proceso de venta de los activos de la cooperativa láctea SanCor, declarada en quiebra en abril pasado. Se estableció una oferta base de US$52,1 millones para adquirir el conjunto de sus plantas industriales y marcas, mediante una licitación pública.

La resolución, firmada por el juez Marcelo Gelcich, a cargo del proceso de quiebra, detalla que las seis plantas industriales ubicadas en Santa Fe y Córdoba fueron valuadas en US$27,4 millones. Por su parte, las marcas y otros activos intangibles de la compañía se tasaron en US$24,7 millones.

La valuación de los activos y el impacto del incendio

El desglose de la tasación individual de las plantas muestra los siguientes valores: Devoto en US$7 millones; Gálvez en US$5,5 millones; La Carlota y Balnearia en US$5 millones cada una; San Guillermo en US$2,5 millones; y Sunchales en US$2,4 millones. Cabe destacar que la valuación de la planta de Sunchales sufrió una reducción del 20% respecto a su valor original de US$3 millones, a raíz del incendio registrado el pasado 7 de junio, tras verificarse el nivel de afectación en el establecimiento.

El proceso de venta se estructurará en siete lotes para la licitación pública: seis correspondientes a las unidades productivas y un lote separado que incluirá las marcas de la compañía. Esta modalidad permitirá a los interesados presentar ofertas por plantas individuales, por combinaciones de activos o por la totalidad del paquete.

Criterios de adjudicación y condiciones para participar

El magistrado Gelcich enfatizó que la elección de esta modalidad busca preservar tanto el valor de la empresa como las fuentes de trabajo. En este sentido, sostuvo que la venta de la empresa como unidad o de los conjuntos de bienes que integran cada establecimiento es la alternativa “más apta para preservar el valor de los activos tangibles e intangibles y tutelar las fuentes de trabajo”.

“La mayor oferta económica no genera, por sí sola, derecho a la adjudicación”

Un aspecto crucial del proceso es que la adjudicación no dependerá exclusivamente del precio ofrecido. El pliego de licitación establece que también se evaluarán otros factores determinantes, como la continuidad de la actividad productiva, el mantenimiento de los puestos de trabajo existentes y los antecedentes de los oferentes. La resolución judicial es clara al señalar que “la mayor oferta económica no genera, por sí sola, derecho a la adjudicación”.

Para participar en la licitación, los interesados deberán adquirir un pliego valuado en US$10.000 y presentar una garantía equivalente al 10% de la oferta que realicen.

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