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Inocencia Fiscal: Caputo presenta la ley para movilizar los dólares del colchón con cambios clave

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El ministro de Economía, Luis Caputo, presentará el proyecto definitivo de la denominada Ley de Inocencia Fiscal, una iniciativa con la que el Gobierno nacional busca incentivar el uso de los denominados “dólares del colchón” e impulsarlos hacia la economía formal. El texto, que ingresará formalmente al Congreso este jueves, introduce modificaciones sustanciales sobre el borrador original con el objetivo de ampliar el acceso al régimen simplificado de Ganancias y brindar mayores garantías jurídicas a los contribuyentes.

Sin topes de patrimonio y aval a escrituras en efectivo

Entre los cambios más relevantes elaborados junto con la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) y asesores tributarios, se destaca la eliminación completa de los límites patrimoniales y de facturación. En la versión previa, el esquema fijaba techos de $10.000 millones en patrimonio y $1.000 millones en ingresos anuales. La nueva redacción suprime ambas trabas, dejando como únicos requisitos la residencia fiscal argentina y no estar catalogado como Gran Contribuyente Nacional.

Esta flexibilización busca expandir de forma masiva el universo de beneficiarios del “tapón fiscal”, el instrumento legal mediante el cual la ARCA deja de fiscalizar las variaciones patrimoniales pasadas para justificar el origen de los fondos. Asimismo, la ley incluye una respuesta directa al sector de bienes raíces: aclara explícitamente que los pagos en efectivo documentados en escrituras públicas no harán perder los beneficios del régimen, lo que otorga certidumbre a una plaza donde históricamente predominan las operaciones billete.

Carga de la prueba en ARCA y rol de la UIF

Respecto de las fiscalizaciones, el proyecto modifica el tratamiento de las “discrepancias significativas”. Si bien se mantiene el criterio de inconsistencia cuando los ajustes de ARCA superen el 15% de lo declarado, se añade un margen de tolerancia: la infracción no se configurará si la diferencia no excede el 5% del monto punible por evasión simple en el Régimen Penal Tributario (cifra cercana a los $5 millones, sobre un piso legal de $100 millones). Además, si el contribuyente rectifica y paga dentro de los 15 días hábiles de notificado, mantendrá el tapón fiscal intacto.

Para brindar mayor previsibilidad, el Gobierno volcó la carga de la prueba de las discrepancias en el organismo recaudador y restringió el uso de presunciones basadas en depósitos bancarios. A su vez, la normativa establece que la Unidad de Información Financiera (UIF), los bancos y los escribanos deberán considerar la adhesión al régimen como un antecedente favorable al momento de aplicar sus protocolos de control y monitoreo de clientes.

Prórroga de vencimientos y adhesión masiva

Con la intención de dar margen al debate parlamentario y evitar distorsiones en las presentaciones anuales, el Poder Ejecutivo extendió el plazo para presentar la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias hasta el 27 de agosto, respondiendo así a los reclamos del sector profesional tributario.

A la fecha, el Régimen de Declaración Jurada Simplificada registra más de 330.000 contribuyentes adheridos, reflejando una aceleración en el último mes. De esa cifra total, 170.115 personas completaron formalmente sus declaraciones, mientras que unos 99.000 trámites continúan guardados en borrador a la espera de la aprobación del nuevo marco legislativo.

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