Impuesto a las Ganancias: ARCA actualiza las escalas y define quiénes pagarán en el semestre
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) implementará este mes la actualización del esquema de cálculo del Impuesto a las Ganancias y del Monotributo, una medida que elevará el salario mínimo a partir del cual se tributa y aliviará la carga fiscal de los contribuyentes. El reajuste se realiza en base a la inflación acumulada en el primer semestre, según lo dispuesto por la ley 27.743 sancionada en 2024. Con un Índice de Precios al Consumidor (IPC) de junio estimado en torno al 2%, la inflación semestral que informará el Indec rondará el 17%, porcentaje que servirá de referencia para actualizar las escalas.
Sin embargo, la aplicación de la actualización tiene una particularidad administrativa. El índice de inflación semestral impactará de forma plena recién en la liquidación definitiva del impuesto anual de 2026, que se calculará en abril de 2027. Durante el semestre en curso, los empleadores aplicarán retenciones mensuales basadas en un esquema de transición que contempla un ajuste parcial. Esto significa que, temporalmente, algunos trabajadores podrían sufrir retenciones que luego les serán compensadas.
Los nuevos pisos salariales para solteros y familias
Bajo el nuevo esquema, un trabajador en relación de dependencia soltero y sin deducciones por familiares ni gastos tendrá un piso salarial exento de Ganancias de aproximadamente $2,91 millones netos (equivalente a un bruto de $3,5 millones). No obstante, para las retenciones mensuales de este semestre, el piso de descuento podría arrancar desde los $2,7 millones netos (unos $3,25 millones brutos).
Para el caso de un empleado que declare deducciones por dos hijos menores de 18 años, el mínimo no imponible anual promedio para 2026 se ubicará en torno a los $3,39 millones netos (unos $4,1 millones brutos). Al igual que con los solteros, en los próximos meses se podrían registrar retenciones sobre salarios inferiores que luego serán devueltas y compensadas en la liquidación final.
Devoluciones retroactivas y vigencia
La medida tiene vigencia para los salarios percibidos desde el primer día de julio. Por este motivo, las empresas y empleadores deberán realizar un recálculo de las retenciones aplicadas en los sueldos de junio si estos fueron abonados durante este mes. En caso de haberse retenido de más, se deberá efectuar una devolución y compensar la diferencia a favor del trabajador en los próximos recibos de sueldo.
Además de las escalas salariales, la actualización del 17% incrementa los topes de las deducciones que los contribuyentes pueden declarar ante ARCA a través del sistema Siradig-Trabajador para reducir el monto sujeto al impuesto.
Qué gastos se pueden deducir para pagar menos
Los contribuyentes pueden ingresar con clave fiscal a la web de ARCA para informar deducciones personales y generales. Entre los conceptos más importantes se encuentran:
• Hijos y familiares a cargo: deben ser menores de 18 años o estar incapacitados para el trabajo, de manera total por un progenitor o dividida al 50% entre ambos. También se puede deducir al cónyuge si prácticamente no posee ingresos propios.
• Alquiler de vivienda: los inquilinos disponen de dos herramientas independientes; una permite deducir el 40% del monto del alquiler (con un tope anual y el requisito de no ser propietario de ningún inmueble) y otra permite descontar el 10% del contrato sin límite de tope (también válida para propietarios que alquilan su propiedad para vivienda).
• Servicio doméstico y educación: es deducible el pago de salarios y contribuciones patronales del personal de casas particulares. En educación, se pueden declarar cuotas de colegios, útiles y herramientas de estudio para hijos de hasta 24 años.
• Salud y otros gastos: se permite deducir las cuotas de medicina prepaga y el 40% de los honorarios médicos facturados no reintegrados. También ingresan en este esquema las donaciones (hasta el 5% del sueldo neto), seguros de vida o retiro, intereses de préstamos hipotecarios (con tope de $20.000) y la compra de indumentaria de trabajo obligatoria pagada por el empleado.

