Aguinaldo de empleados de comercio: Fechas clave y cómo calcular el monto a cobrar
Los empleados de comercio, al igual que trabajadores de otros rubros en relación de dependencia, jubilados y pensionados, se preparan para recibir en junio la primera cuota del Sueldo Anual Complementario (SAC), conocido popularmente como aguinaldo. Este ingreso adicional, que se abona dos veces al año (a mediados de año y en diciembre), representa un alivio económico para muchos hogares argentinos, permitiendo cubrir gastos, saldar deudas o realizar compras postergadas.
El aguinaldo es un derecho establecido por la Ley de Contrato de Trabajo y su correcto cálculo y pago son fundamentales para la planificación financiera de los trabajadores. La normativa es clara respecto a los plazos y la forma de determinar el monto a percibir.
Fechas límite para el cobro del aguinaldo
La legislación vigente establece que la primera cuota del Salario Anual Complementario debe ser abonada antes del 30 de junio. Sin embargo, la normativa contempla una extensión de hasta cuatro días hábiles para efectuar el pago. Esto significa que, en la práctica, la fecha límite para que los empleadores realicen el depósito podría extenderse hasta el lunes 6 de julio.
En cuanto a la segunda cuota del SAC, que se abona hacia fin de año, la fecha máxima para su depósito es el 18 de diciembre, también con una extensión de tres días hábiles.
Cómo se calcula el monto del aguinaldo
Para determinar el monto del aguinaldo, se debe tomar como referencia el mejor haber mensual bruto percibido por el trabajador durante el semestre. Es crucial tener en cuenta todos los conceptos remunerativos que forman parte del salario, como horas extras, pago de feriados trabajados, viáticos y comisiones.
Una vez identificado este monto máximo del período que va de enero a junio, se lo debe dividir por dos. Por ejemplo, si el mejor sueldo bruto de los últimos seis meses fue de $2.000.000, el aguinaldo a cobrar será de $1.000.000.
Es importante recordar que el valor calculado es el monto bruto. Para obtener la cifra «en mano» o neta, se deben aplicar los descuentos habituales correspondientes a jubilación (11%), obra social (3%) y PAMI (3%).
Cálculo proporcional para quienes no trabajaron el semestre completo
El derecho a percibir el aguinaldo no está supeditado a haber trabajado el semestre completo. Aquellos empleados que iniciaron o finalizaron su relación laboral durante el período también deben cobrar el SAC, pero de forma proporcional al tiempo efectivamente trabajado.
En estos casos, la fórmula para el cálculo es la siguiente: se identifica la remuneración más alta de los últimos seis meses, se divide por dos, luego por 180 (que representa el promedio de días del semestre) y, finalmente, se multiplica el resultado por la cantidad de días laborados. La fórmula específica es: (mejor sueldo del semestre ÷ 2) ÷ 180 × días trabajados. Cabe aclarar que los 180 días son un valor de referencia, por lo que el importe final podría tener una leve variación según la duración real del período.

