Tropiezo para Sturzenegger: el Senado aplazó la votación del proyecto de Propiedad Privada
El proyecto de Inviolabilidad de la Propiedad Privada, una iniciativa central para el ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger, sufrió un revés en el Senado. A pesar de haber conseguido dictamen en comisión con múltiples modificaciones, el oficialismo se vio obligado a aplazar su votación al no contar con los votos necesarios para su aprobación.
La decisión de postergar el tratamiento fue impulsada por el presidente de la comisión de Asuntos Constitucionales, el libertario Agustín Coto, y aprobada por el cuerpo sin mayores debates. Fuentes cercanas a la negociación indicaron que las conversaciones para armonizar el texto se extendieron hasta última hora de la noche anterior, pero no se logró un consenso que garantizara el apoyo requerido. El proyecto deberá ahora ser incluido en el temario de una futura sesión.
Desde el oficialismo también señalaron la urgencia de tratar el acuerdo con los holdouts, que tiene una fecha de vencimiento próxima, como otro factor para no extender un debate que estimaban en al menos seis horas.
Puntos de discordia y principales modificaciones
El principal escollo para alcanzar un acuerdo radicó en el capítulo que aborda la venta de tierras rurales a extranjeros. Este punto generó resistencia, especialmente entre los senadores radicales, quienes fueron los que más impulsaron cambios en la redacción original. El dictamen de comisión, no obstante, había logrado el acompañamiento de La Libertad Avanza, el PRO, la UCR y los senadores federales Edith Terenzi (Chubut) y Carlos «Camau» Espínola (Corrientes).
Entre las modificaciones más significativas, se eliminó por completo el capítulo que buscaba reformar el Registro Nacional de Barrios Populares (Renabap), que proponía delegar sus tareas de regularización a las provincias para hacerlas más efectivas. En relación con la compra de tierras rurales por parte de extranjeros, el proyecto amplía las facultades de los gobernadores provinciales, dejando la decisión sobre la venta en manos de cada jurisdicción.
Cada provincia conserva la jurisdicción plena sobre su territorio. Eliminamos el límite a la venta de tierras a extranjeros, pero la decisión pasa a las provincias. Podrán establecer restricciones o no, definir si se pueden vender mil hectáreas, 200 o ninguna. Es federalismo puro.
Esta fue la explicación brindada por una fuente del oficialismo, en referencia a la propuesta que busca reemplazar la legislación vigente de 2011. Dicha normativa estableció límites a la titularidad extranjera sobre la propiedad y posesión de tierras rurales, así como restricciones en zonas de frontera. Para el Gobierno, estas disposiciones «generaron condicionamientos y desincentivos para la inversión internacional, especialmente en el sector agropecuario». Por ello, la nueva propuesta concentra las restricciones únicamente en personas físicas o jurídicas vinculadas a Estados extranjeros, incluyendo empresas con participación o control de capitales estatales.
Cambios en desalojos y expropiaciones
Otro aspecto reformado en el proyecto es el de los desalojos. Se estableció una distinción clave: no se aplicará el mismo sistema para usurpadores que para locatarios y sublocatarios en mora.
La usurpación efectivamente será exprés, pero en el caso del inquilino moroso hay mecanismos, empezando por la intimación, donde no se lo desaloja en 3 días.
Según lo detallado por la misma fuente oficialista, la norma plantea procesos más rápidos por vía sumarísima para los desalojos, con la posibilidad de restitución anticipada del inmueble bajo caución juratoria y control judicial. También se modernizan los sistemas de notificación, incorporando el domicilio electrónico, y se otorgan al juez más facultades para identificar ocupantes y asegurar la eficacia de las decisiones.
En cuanto a las expropiaciones, el proyecto original ya contemplaba un mecanismo de actualización del monto indemnizatorio que considera la evolución de los precios y una tasa de interés comercialmente razonable. El dictamen lo especificó: la actualización será por IPC más la tasa activa del Banco Nación para operaciones de descuento a 30 días. Además, se estipuló que la indemnización por lucro cesante podrá exceder el 30% del valor del daño emergente solo si el expropiado demuestra fehacientemente una afectación superior. Para la ocupación temporánea del Estado, se fijó un límite de 90 días prorrogables por única vez.

