Crimen en Recoleta: por qué el asesino del peluquero no fue condenado a perpetua
Luis Alberto Guzmán fue condenado a 20 años de prisión por el homicidio del estilista Germán Medina, ocurrido el 20 de marzo de 2024 en la peluquería Verdini de Recoleta. La sentencia, dictada por el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) porteño N°24, no incluyó la pena de prisión perpetua debido a que los jueces no consideraron configurada la agravante de alevosía, un punto central de debate durante el juicio.
Los magistrados Javier de la Fuente, Maximiliano Dialeva Balmaceda y Marcelo Alvero argumentaron que, si bien Medina se encontraba en una situación de desventaja, no se demostró que Guzmán hubiera actuado con un procedimiento “especialmente insidioso o elaborado para asegurar una indefensión absoluta”. Esta interpretación difirió de la postura de la fiscalía y la querella, que solicitaban la prisión perpetua.
El debate sobre la alevosía
La fiscal general Ana Helena Díaz Cano, en representación del Ministerio Público, y el abogado Juan Manuel Dragani, que representó a la familia de la víctima, sostuvieron que existían pruebas suficientes para aplicar la alevosía. En sus alegatos, describieron un accionar frío y planificado por parte de Guzmán. “Fríamente, sin que se le observe nerviosismo ni duda, dirigió su accionar a Medina, que estaba sentado y no representaba ningún peligro. No hubo discusión ni altercado físico: le disparó a escasa distancia sin que nada ni nadie lo obstaculizara. Lo fusiló, lo ejecutó con un disparo que fue directo, preciso y mortal”, afirmó la fiscal.
Sin embargo, el tribunal no compartió esta visión. El juez De la Fuente, al fundamentar su voto, explicó que:
“La alevosía requiere mucho más que la mera existencia de una situación de superioridad del autor o de desventaja defensiva de la víctima. La agravante exige que el homicidio sea ejecutado mediante un procedimiento especialmente dirigido a asegurar el resultado y a eliminar toda posibilidad mínima de defensa por parte del damnificado.”
El magistrado añadió que la alevosía implica “una auténtica situación de indefensión absoluta o prácticamente total, provocada o aprovechada deliberadamente por el autor como mecanismo de aseguramiento del hecho”, algo que, según su criterio, no se dio en este caso. Si bien Medina estaba en una situación desfavorable por el arma, el tribunal no consideró que hubiera un “mecanismo especialmente insidioso o elaborado” por parte de Guzmán para garantizar la indefensión total.
Los hechos y la confesión del condenado
El crimen se produjo el 20 de marzo de 2024, al finalizar la jornada laboral en la peluquería Verdini, ubicada en Beruti 3017. Tras una reunión entre los empleados y el dueño, Facundo Verdini, Guzmán cerró las puertas del local, sacó un arma y amenazó a todos los presentes. Según testigos, afirmó: “No se muevan porque les vuelo la cabeza a todos”. En ese contexto, disparó a Medina, quien estaba sentado y falleció poco después en el Hospital Fernández.
Guzmán estuvo 70 días prófugo hasta que fue detenido en Moreno, provincia de Buenos Aires. Durante el juicio, defendido por los abogados Claudio Severino y Ricardo Sanetti, hizo uso de su derecho a las últimas palabras y pidió perdón a las familias de la víctima y la suya. En su declaración, admitió:
“Me enojé, no controlé ni mi ansiedad ni mi bronca. Agarré el arma y disparé, no medí las consecuencias.”
El condenado relató que los problemas en la peluquería se relacionaban con el uso de formol y discusiones sobre una posible indemnización de 55 millones de pesos. También mencionó que portaba un arma debido a dos asaltos previos que había sufrido. La reconstrucción de los hechos, las declaraciones de los testigos y las imágenes de las cámaras de seguridad del local fueron cruciales para la condena.
Finalmente, Guzmán fue declarado culpable de homicidio agravado por el uso de arma de fuego y privación ilegal de la libertad agravada por haber sido cometida con amenazas, lo que resultó en la pena de 20 años de prisión.

