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Abuso sexual: Casación ordenó que el intendente Fernando Espinoza vaya a juicio oral

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La Cámara Nacional de Casación Penal ordenó que el intendente de La Matanza, Fernando Espinoza, sea sometido a juicio oral y público en la causa donde se lo investiga por presunto abuso sexual contra su exsecretaria privada, Melody Rakauskas. Con un fallo de mayoría, el máximo tribunal penal de la Nación revocó la resolución que en febrero pasado había dictado el sobreseimiento del referente peronista bonaerense.

La decisión de la Sala III de Casación, firmada por los magistrados Alberto Huarte Petite y Horacio Días, revirtió la medida que beneficiaba al jefe comunal. El sobreseimiento original se había fundamentado en que la denunciante no se había presentado a designar un nuevo abogado defensor tras la renuncia de sus representantes previos. Sin embargo, la alzada determinó que el proceso, que según se citó en el fallo ya lleva cinco años de trámite, debe avanzar «a la mayor brevedad». Espinoza llegará al banquillo de los acusados imputado por los delitos de abuso sexual simple y desobediencia judicial, este último por haber tomado contacto con la víctima a pesar de tener una prohibición de acercamiento vigente.

Al analizar la situación de Rakauskas, el juez Horacio Días argumentó en su voto que la falta de designación temporal de un letrado no debía interpretarse como un abandono de la causa, sino como una consecuencia de su estado de vulnerabilidad:

«No resulta válido colegir un desinterés de la querella en la prosecución de la persecución penal que justifique su apartamiento. A mi ver, la inconducta procesal de la víctima en esa época (reticente en términos generales) puede explicarse por su situación de indigencia letrada, que la colocaba en una posición de vulnerabilidad».

Las idas y vueltas de la representación legal

La causa, radicada ante el Tribunal Oral Criminal 16, había entrado en un terreno pantanoso a fines del año pasado tras las sucesivas renuncias de los abogados de la querella, Marcelo Urra y Martín Sarubbi. Rakauskas no respondió a las intimaciones judiciales para nombrar un reemplazo y rechazó las notificaciones que la policía intentó entregarle en su domicilio, argumentando que sufría hostigamiento por parte de la fuerza de seguridad. Ante este escenario, la jueza Inés Cantisani dictó el sobreseimiento de Espinoza al considerar que no había una parte activa que sostuviera la acusación.

Posteriormente, la denunciante se presentó con el patrocinio del abogado Ignacio Barrios y apeló la medida. El juez Huarte Petite respaldó la continuidad de la querella al señalar que Rakauskas ya había ofrecido las pruebas correspondientes y que la ley no exige asistencia letrada ininterrumpida en esa instancia previa al debate:

«Tal déficit, en consecuencia, no autoriza, por sí solo, a tener a la querellante por desistida de forma tácita en su condición de parte, ni a excluirla del proceso».

En disidencia, el camarista Pablo Jantus votó por confirmar el sobreseimiento del intendente. Jantus sostuvo que la actitud de la querellante de rechazar las notificaciones policiales no estaba debidamente justificada por pruebas de hostigamiento y que la resolución de la jueza de primera instancia era la «conclusión natural» ante la inacción de la denunciante.

Un juicio que avanza sin el apoyo de la Fiscalía

El proceso judicial presenta una particularidad clave: Espinoza será juzgado únicamente por el impulso de la querella privada. La Fiscalía decidió apartarse del caso al considerar que no existían elementos suficientes para configurar un delito. La postura del Ministerio Público Fiscal se sustentó en un archivo de audio hallado en el teléfono celular de Rakauskas, en el cual supuestamente se coordinaba una estrategia para alcanzar un acuerdo económico con el intendente antes de formalizar la denuncia penal.

La denuncia original fue radicada en la Oficina de Violencia Doméstica (OVD) de la Corte Suprema. Según el relato de la denunciante, el hecho ocurrió el 10 de mayo de 2021, luego de que ingresara a trabajar en el municipio por intermedio de su entonces pareja, Gustavo Cilia, allegado a Espinoza. Rakauskas detalló que el intendente se presentó en su departamento para cenar y allí intentó forzarla a mantener relaciones sexuales a pesar de su reiterada negativa.

Tras la resolución de Casación, el Tribunal Oral Criminal 16 deberá reanudar el trámite del expediente, requerir las pruebas pendientes a las partes y fijar la fecha para el inicio de las audiencias de debate oral. Por su parte, la defensa de Fernando Espinoza cuenta con la opción de apelar la medida mediante un recurso extraordinario ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

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