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Conflicto mapuche: la absolución en Villa Mascardi abre un nuevo escenario judicial

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La Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal absolvió a seis integrantes de la comunidad mapuche Lof Lafken Winkul Mapu que habían sido condenados por usurpación en Villa Mascardi, provincia de Río Negro. La decisión judicial no solo revierte las penas de prisión en suspenso, sino que además introduce un fuerte debate doctrinario sobre cómo deben juzgarse las tomas de tierras en la Patagonia.

El fallo, firmado por los jueces Alejandro Slokar, Ángela Ledesma y Guillermo Yacobucci, anuló la sentencia del juez federal Alejandro Silva de mayo de 2025. Los magistrados de Casación consideraron que el tribunal de origen incurrió en un error jurídico al catalogar la usurpación como un «delito permanente» en lugar de un «delito instantáneo de efectos permanentes». Bajo este criterio, la infracción se agota en el momento exacto del despojo, por lo que la permanencia posterior en el territorio no demuestra que los acusados hayan participado de la intrusión inicial.

El impacto de la doctrina y las reacciones

La resolución benefició a Matías Daniel Santana, Yéssica Fernanda Bonnefoi, Martha Luciana Jaramillo, Romina Rosas, Betiana Ayelén Colhuan (machi de la comunidad) y María Celeste Ardaiz Guenumil. Para el abogado defensor Gustavo Franquet, la sentencia sienta un precedente clave para otros expedientes en la región cordillerana, destacando que no se puede condenar a una persona por el simple hecho de estar en el lugar.

“La usurpación es el delito de despojo. Lo que tiene que probarse es que el acusado fue el que despojó. Que esté en un lugar no significa que despojó”, señaló Franquet.

Por el contrario, desde el sector de los propietarios damnificados expresaron su indignación ante la resolución judicial. John Grehan, dueño de una de las propiedades vandalizadas en Villa Mascardi, criticó con dureza el argumento de los magistrados:

“Los jueces descaradamente dicen que no está probado que no sabían que eso no se podía hacer, que no se sabe quiénes fueron los que saltaron el alambre (usurparon) y que aunque la ocupación fue ilegítima, no se los puede condenar por usurpación. Es lo que pasa cuando la política y la ideología se meten en la Justicia: los ciudadanos somos víctimas no sólo de los delincuentes sino también de los malos funcionarios”.

Un mapa de causas abiertas en la Patagonia

El fallo de Casación repercute de manera directa en una decena de litigios territoriales activos en las provincias de Río Negro, Neuquén y Chubut. En Villa La Angostura, el último juicio penal contra la comunidad Paichil Antriao derivó en 2025 en la absolución de todos los acusados por usurpación, mientras que la disputa por el camping Correntoso aguarda una resolución de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

En la misma localidad neuquina, la comunidad Kinxikew mantiene un litigio con la familia Broers. Según explicó el abogado Luis Virgilio Sánchez, se tramita una acción declarativa de certeza sobre las tierras que lleva el juez Francisco Astoul Bonorino, tras un reconocimiento territorial del INAI. En paralelo, en San Martín de los Andes, la comunidad Curruhuinca apela una orden de desalojo ante la Cámara Civil local, mientras que en Chubut persisten causas contra la lof Pillan Mahuiza y la comunidad Nahuel Pan. La resolución de Casación redefine el panorama judicial de un conflicto histórico que sigue sumando capítulos en el sur del país.

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