Súper RIGI: la UIA y Fundar alertan por las concesiones del nuevo régimen de inversiones
Con media sanción en la Cámara de Diputados, el proyecto conocido como Súper RIGI (Régimen de Incentivo a Grandes Inversiones) desató un intenso debate que trasciende el ámbito parlamentario. Mientras el Gobierno lo promociona como una herramienta fundamental para atraer industrias inexistentes en Argentina, economistas, industriales e inversores discuten sobre el equilibrio entre las concesiones estatales y las exigencias a cambio para captar inversiones.
El proyecto, que obtuvo la aprobación en Diputados con 130 votos a favor, 106 en contra y 7 abstenciones, fue girado al Senado para su revisión final. Se presenta como una evolución del RIGI original, que caduca en julio del próximo año.
El nuevo régimen establece beneficios significativos: una alícuota reducida del 15% en el Impuesto a las Ganancias (inferior al 25% del RIGI actual y al 35% general), estabilidad tributaria y cambiaria por 30 años, exenciones de derechos de importación y exportación, amortización acelerada de inversiones, reducción de contribuciones patronales y una liberación progresiva de divisas que alcanzará el 100% a partir del tercer año de exportaciones.
Durante el debate legislativo, La Libertad Avanza (LLA) defendió la iniciativa como clave para sectores no desarrollados en el país. La oposición, en contraste, lo criticó como un esquema de excepción para un reducido grupo de grandes proyectos, cuestionando el alto costo fiscal de sus beneficios. Esta polarización se replica fuera del Congreso.
JP Morgan defiende el Súper RIGI, el CEPA advierte sobre el costo fiscal
Desde la perspectiva de los mercados financieros, JP Morgan calificó al Súper RIGI como un “instrumento de política bien diseñado, estructuralmente superior al RIGI original”. El banco subraya el concepto de “adicionalidad”, buscando atraer inversiones en sectores completamente nuevos y evitar que empresas ya establecidas migren al nuevo esquema sin generar valor adicional. Además, relativiza las críticas sobre el impacto en la recaudación, argumentando que “los costos fiscales probablemente sean menores de lo que sugieren los críticos” porque el régimen apunta a sectores con “poca o ninguna base imponible” actual, creando nuevas fuentes de recaudación.
El Centro de Economía Política Argentina (CEPA) ofrece un contrapunto. Su análisis se centra en la recaudación que el Estado dejaría de percibir si estos proyectos se concretan. Basándose en antecedentes de emprendimientos aprobados bajo el RIGI previo, estima que, una vez en plena producción, el costo fiscal anual superaría los US$1800 millones. Según el informe, la mayor parte de esta renuncia tributaria proviene de la eliminación de retenciones a las exportaciones (US$851 millones anuales) y la reducción del Impuesto a las Ganancias del 35% al 25% (US$545 millones anuales), beneficio que el Súper RIGI profundiza al reducir la tasa al 15%.
SÚPER RIGI: MÁS BENEFICIOS PARA LOS AMIGOS DE MILEI, MENOS HERRAMIENTAS PARA EL DESARROLLO ARGENTINO
El martes que viene se trata el “SÚPER RIGI” en la comisión de Presupuesto y Hacienda.
Este régimen amplía significativamente la discrecionalidad del Poder Ejecutivo para… pic.twitter.com/ZLvbDkERqk
— Julia Strada (@Juli_Strada) May 29, 2026
En síntesis, mientras JP Morgan proyecta un costo fiscal acotado por la generación de nuevas actividades, el CEPA advierte que la magnitud de los beneficios tributarios implicará una renuncia recaudatoria significativa una vez que las inversiones estén operativas.
Fundar y la UIA cuestionan las condiciones y el impacto en la industria local
La organización Fundar, dedicada al análisis de políticas públicas para el desarrollo, critica el Súper RIGI por “desperdiciar una oportunidad de desarrollo” y por otorgar “concesiones ilimitadas” sin las condiciones adecuadas. Guido Zack, director de Economía de Fundar, sostiene que Argentina “está dando más concesiones de lo que las empresas piden y pidiendo a cambio menos cosas de las que las empresas estarían dispuestas a dar”, dado los atractivos activos del país.
⚠️ El riesgo del RIGI y del Súper RIGI es concreto y tiene nombre: enclave. Una inversión que no deja impuestos, no aporta divisas y no genera empleo local. Una catarata de beneficios sin contrapartida productiva de ningún tipo.
— Fundar (@fundarpoliticas) June 24, 2026
El principal riesgo, según Fundar, es la creación de una economía de enclave: grandes inversiones que operen con recursos estratégicos pero sin integrarse al entramado productivo local, sin dejar impuestos, divisas ni generar proveedores. Su consigna es clara: “Inversión sí; enclave no”.
La Unión Industrial Argentina (UIA), presidida por Martín Rappallini, comparte esta preocupación desde otro ángulo: la posible consolidación de dos marcos regulatorios distintos, uno excepcional para proyectos nuevos y otro más gravoso para la industria ya establecida. Si bien durante el debate en comisiones se incorporaron algunas observaciones de la UIA, como la obligación de presentar planes de integración de proveedores locales con un piso del 20% de contratación y el fomento a la investigación y desarrollo, la entidad considera que las modificaciones son insuficientes. La UIA destaca que, mientras los nuevos proyectos acceden a amplios beneficios, la industria instalada sigue enfrentando una sobrecarga tributaria, altos costos de financiamiento y tasas municipales que impactan fuertemente a las pymes.
La UIA propone esquemas de integración progresiva y mecanismos para verificar la existencia de proveedores locales con precios y calidad competitivos.
Restricciones a provincias y arbitraje internacional: puntos de tensión
La discusión también abarca el plano jurídico. JP Morgan considera que los principales riesgos del proyecto son políticos, derivados de la resistencia que podrían generar las restricciones tributarias a provincias y municipios, y las cláusulas de arbitraje internacional. El texto aprobado permite a los inversores recurrir a tribunales internacionales como el CIADI o la Cámara de Comercio Internacional en caso de controversias, y considera los derechos otorgados como “inversiones protegidas” en el marco de tratados internacionales, abriendo la puerta a reclamos por futuras modificaciones regulatorias.
Además, el régimen establece que las provincias adheridas deberán mantener la alícuota de Ingresos Brutos por debajo del 0,5% y eliminar el Impuesto de Sellos y otros tributos locales aplicables a los proyectos. Para JP Morgan, estas disposiciones fortalecen la seguridad jurídica del régimen y el acceso directo al arbitraje internacional aumenta la credibilidad para los inversores.
Fundar, por su parte, interpreta estas cláusulas como una cesión de soberanía. Argumenta que el arbitraje internacional debilita la capacidad del Estado para hacer cumplir las propias condicionalidades pactadas, ya que cualquier controversia quedaría sujeta a estándares externos y no necesariamente a la legislación nacional.

