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Biotecnología agrícola: el Gobierno elimina una traba de 25 años y prepara cambios en las patentes

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El Gobierno nacional dio un paso clave para desburocratizar y fortalecer el sistema de patentes para la biotecnología agrícola en Argentina. Este jueves se oficializó la derogación de una normativa de 25 años que establecía un mecanismo especial de intervención de organismos vinculados con la agricultura en la definición de criterios de patentabilidad para materia viva y sustancias naturales. La medida, dispuesta por la Resolución Conjunta 1/2026 de las Secretarías de Agricultura y de Industria, es vista como un paso previo a una futura revisión de restricciones que afectan la protección de desarrollos biotecnológicos.

La norma derogada es la Resolución Conjunta 99/2001 y 810/2001, que había creado un Grupo de Trabajo Permanente en Propiedad Intelectual. Este grupo estaba integrado por representantes del Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI), el Instituto Nacional de Semillas (Inase), el Senasa, el INTA y otras áreas del Estado. Además, exigía la conformidad de la Secretaría de Agricultura para cualquier modificación relacionada con la patentabilidad de materia viva y sustancias naturales.

Rigideces y burocracia: la justificación oficial

Según argumentó el Gobierno en los considerandos de la resolución, este esquema había introducido “rigideces” y una instancia adicional de validación administrativa que dificultaba la actualización de los criterios técnicos de patentabilidad en función de los avances científicos, tecnológicos y jurídicos.

“La introducción de una instancia adicional de validación administrativa, ajena al organismo técnico competente, contribuyó a tornar más complejo y burocrático el proceso de definición y actualización de los criterios de patentabilidad”

Una fuente oficial explicó que la decisión busca devolver al INPI la facultad plena para definir y actualizar sus directrices técnicas de examen. “En los próximos días el INPI derogará la resolución 283/15. A partir de entonces, las solicitudes de patentamiento vinculadas con materia viva y desarrollos biotecnológicos dejarán de estar sujetas a las limitaciones que imponía esa normativa y pasarán a regirse directamente por la Ley de Patentes», señalaron las fuentes oficiales.

Próximos pasos y el rol de la Ley de Patentes

Es importante destacar que la medida no modifica de manera inmediata qué puede o no puede patentarse en la Argentina. La Ley de Patentes 24.481, de 1996, sigue estableciendo que “no son patentables las plantas ni los animales”, mientras que las variedades vegetales continúan protegidas mediante el sistema de derechos de obtentor y no por patentes.

El próximo paso, según las fuentes oficiales, será la derogación de la Resolución 283/15 del INPI, que contiene criterios específicos de examen aplicados a solicitudes relacionadas con materia viva. “Hoy los patentamientos se hacen, pero con límites. Ahora removeríamos esos límites y quedarían los criterios de la ley”, explicó una fuente al tanto de la decisión, indicando que esta modificación podría concretarse “en los próximos días”.

Impacto en el sector privado y la biotecnología

En el sector privado, la medida fue recibida como una “muy buena noticia” y una “señal favorable” para la innovación. Si bien no modifica automáticamente qué puede o no puede patentarse, “abre la puerta a revisar criterios restrictivos que fueron incorporándose con el tiempo”, aclararon fuentes de la industria. La eliminación de la instancia interministerial reduce la incertidumbre y devuelve al INPI mayor autonomía para resolver solicitudes sobre la base de criterios técnicos y la legislación vigente.

El impacto potencial se concentra especialmente en el campo de la biotecnología. Empresas que desarrollan eventos biotecnológicos, mejoramiento genético y otras innovaciones aplicadas a semillas podrían verse beneficiadas si el organismo revisa criterios considerados restrictivos para la protección de determinadas tecnologías. La medida reabre la discusión sobre el alcance de la propiedad intelectual aplicada a innovaciones tecnológicas incorporadas a las semillas, un debate que también se vincula con una eventual reforma de la ley de semillas.

Tanto fuentes oficiales como privadas coincidieron en definir la resolución como una señal de desburocratización y fortalecimiento de las atribuciones del INPI. La expectativa ahora está puesta en la próxima derogación de la Resolución 283/15 y en los nuevos criterios que eventualmente adopte el organismo para evaluar solicitudes vinculadas con desarrollos biotecnológicos.

La Resolución 283/15 fijó criterios que excluyen de la patentabilidad a plantas, animales, semillas y otros componentes biológicos capaces de generar un organismo completo, aun cuando hayan sido modificados genéticamente. También estableció exigencias específicas para la protección de eventos biotecnológicos. Algunas fuentes vinculan esta última decisión con un intento de acercar a Argentina a estándares internacionales más favorables para la protección de desarrollos biotecnológicos.

Voces del sector

Alfredo Paseyro, director ejecutivo de la Asociación de Semilleros Argentinos (ASA), interpretó la medida como un paso previo a una revisión más amplia de los criterios de patentabilidad aplicados a la biotecnología. “Primero había que derogar esta resolución conjunta. Esto fortalece las patentes vinculadas con eventos biotecnológicos”, afirmó.

Por su parte, María Laura Villamayor, consultora y experta en derecho del obtentor y propiedad intelectual, recordó que el grupo interdisciplinario creado por la resolución derogada buscaba construir criterios técnicos y jurídicos consistentes sobre la protección de la materia viva, delimitando qué innovaciones podían ser protegidas por patentes y cuáles por otros regímenes, como el derecho de obtentor vegetal. Explicó que el objetivo era evitar confusiones y superposiciones, garantizando la seguridad jurídica y una interpretación armónica entre organismos con competencias vinculadas.

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