Crimen frente al Malba: la Corte Suprema confirmó la absolución del psiquiatra
La Corte Suprema de Justicia de la Nación, en un fallo dividido, dejó firme la absolución de Jorge Alberto Monforte, el psiquiatra que atendía a Mauricio Roza, el vecino de Palermo que en medio de un brote psicótico acuchilló y mató al inspector de la Policía Federal Argentina (PFA) Juan Pablo Roldán. El crimen, que conmocionó a la opinión pública, ocurrió en septiembre de 2020 frente al Museo de Arte Latinoamericano (Malba), en el exclusivo Barrio Parque de Palermo.
Según informaron fuentes del máximo tribunal, los jueces Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, junto al conjuez Jorge Morán, consideraron inadmisibles los planteos del Ministerio Público Fiscal y de la querella. Esta decisión sella la suerte del caso para el psiquiatra, quien había sido acusado de “abandono de persona seguido de muerte” por el fallecimiento de su paciente y de “homicidio culposo” por la muerte del policía.
En minoría, el presidente de la Corte Suprema, Horacio Rosatti, y la conjueza Carolina Robiglio votaron por hacer lugar a los planteos de los acusadores, que buscaban revocar el fallo y ordenar una nueva sentencia. Sin embargo, la mayoría de votos confirmó las absoluciones previas.
Un proceso judicial con dos instancias de absolución
Monforte, de 73 años, había sido absuelto en septiembre de 2023 por el juez Carlos Rengel Mirat, integrante del Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) porteño N°28. Durante el juicio, las partes acusadoras presentaron distintas solicitudes de condena. El fiscal Sandro Abraldes pidió tres años de prisión y ocho años de inhabilitación, responsabilizando al psiquiatra únicamente por la muerte del policía. Por su parte, la querella de la viuda de Roldán, a cargo de la abogada Ana Laura Palmucci, solicitó una pena de 10 años de prisión y otros 10 de inhabilitación, al considerar a Monforte responsable tanto de la muerte del uniformado como de la de su paciente, Roza.
En contraste, la defensa de Monforte, liderada por el abogado Vadim Mischanchuk —quien también defiende a la psiquiatra Agustina Cosachov en el juicio por la muerte de Diego Maradona—, solicitó la absolución de su asistido, argumentando la inexistencia de responsabilidad penal.
La investigación y el historial médico del paciente
La fiscal que instruyó la causa, Paula Asaro, elevó el expediente a juicio atribuyendo a Monforte haber actuado “de forma negligente y en inobservancia” de sus obligaciones profesionales entre el 18 y 28 de septiembre de 2020. Roza, de 51 años, era atendido por Monforte desde 2014 y había sido diagnosticado con un “trastorno esquizofrénico de tipo paranoide continuo”. Falleció horas después del ataque al policía, a consecuencia de los disparos que Roldán efectuó en un intento de defensa. Roldán, por su parte, estaba casado y era padre de un niño de cuatro años.
La jueza nacional en lo criminal y correccional Alejandra Provítola investigó el tratamiento psiquiátrico de Roza. El psiquiatra había diagnosticado al paciente con una “incapacidad psíquica de más del 90% casi total y permanente” desde el inicio del tratamiento. Le recetó Lapenax, un medicamento con clozapina, utilizado para la esquizofrenia en casos donde otros antipsicóticos no fueron efectivos o tolerados.
Durante la pandemia de Covid-19 en 2020, las atenciones se discontinuaron. Las últimas consultas presenciales fueron en mayo y julio de ese año. En septiembre, los hermanos de Roza alertaron a Monforte sobre la interrupción de la medicación y episodios de “descompensaciones psíquicas”, incluyendo “hablar raro, realizar movimientos extraños y tener delirios de persecución”.
Al procesar a Monforte, la jueza Provítola señaló que el médico “no le brindó la atención, diagnóstico, seguimiento y control en el marco de su ministerio, limitándose a dialogar con el paciente por teléfono”. Posteriormente, el psiquiatra habría explicado a los hermanos de Roza que debía ingerir un comprimido diario de Lapenax y realizarse un hemograma, alegando que no lo había visto “tan mal” y que lo atendería el 2 de octubre, sin perjuicio de la evolución de su estado.
El dictamen de la Procuración General
La Procuración General de la Nación, con la firma de Eduardo Casal, le pidió a la Corte Suprema que revocara la decisión. Se sostuvo que el psiquiatra no solo incumplió su deber de actuar frente con la situación de urgencia que presentaba el paciente y estaba en su conocimiento, sino que además infringió la obligación de informarse respecto de los que se debía hacer en ese escenario. El profesional ‘desconocía las normas de la ley de salud mental’ como habría admitido al conversar con el hermano del paciente. Rosatti y Robiglio, siguiendo el dictamen de la Procuración, se pronunciaron en favor de revocar la sentencia, pero la mayoría integrada por Rosenkrantz, Morán y Lorenzetti sellaron la suerte del caso al rechazar los planteos del Ministerio Público y la querella.

