Sociedad

Fallo judicial: condenan a una ART a pagar $351 millones a un operario trasladado en remís tras un infarto

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El Tribunal de Trabajo N° 3 de La Plata condenó a la aseguradora Federación Patronal Seguros a pagar una indemnización de $351 millones y a garantizar asistencia médica de por vida a César Gustavo Fernández, un operario de 54 años que sufrió un infarto durante su jornada laboral y quedó con severas secuelas neurológicas y motrices luego de ser trasladado a un centro médico en remís y sin auxilio profesional.

El hecho ocurrió el 24 de noviembre de 2021 en la planta de la empresa de componentes plásticos Albano Cozzuol S.A., donde Fernández trabajaba desde 2009. Durante el turno mañana, el trabajador sintió un fuerte dolor de pecho y sudoración, advirtió la gravedad del cuadro y pidió auxilio. Sin embargo, la enfermería del establecimiento se encontraba cerrada por vacaciones del personal sanitario y no había reemplazo. En lugar de solicitar un servicio de ambulancia, la firma dispuso su traslado en un remís particular hacia el Sanatorio Argentino, sin oxígeno, desfibrilador ni personal capacitado para asistirlo.

Un traslado sin protocolos sanitarios

Durante los diez minutos que demandó el trayecto hacia el centro de salud, Fernández sufrió un paro cardiorrespiratorio y una severa falta de oxígeno en el cerebro. Aunque los médicos lograron colocarle un stent para desobstruir la arteria coronaria, la anoxia le provocó un daño neurológico irreversible.

El abogado de la víctima, Matías Martínez, remarcó que las decisiones tomadas por la compañía determinaron la gravedad del desenlace y cuestionó la falta de respuesta adecuada ante una emergencia imprevista dentro del establecimiento.

“La empresa no necesitaba tener la certeza médica de que se trataba de un infarto. Precisamente porque no contaba con esa certeza, debía llamar a una ambulancia para que profesionales capacitados evaluaran al trabajador”, afirmó Martínez.

Por su parte, la defensa de la aseguradora argumentó en otras instancias mediáticas que la cifra resulta desmedida y sostuvo que no se activaron los protocolos de emergencia ni el desfibrilador interno porque la situación inicial no parecía revestir tal gravedad.

Cuidados constantes y el valor del precedente judicial

Tras permanecer seis meses en coma y nueve meses internado en un centro de rehabilitación en Gonnet, Fernández recibió el alta domiciliaria bajo asistencia permanente. Actualmente se moviliza en silla de ruedas, depende de asistencia las 24 horas, se alimenta mediante un botón gástrico y requiere medicación continua para controlar espasmos musculares y apneas del sueño. Su pareja, Alejandra Gabriela Mir, debió adecuar la vivienda familiar y asumir el cuidado integral de Fernández y de sus dos hijos.

El fallo sienta un precedente relevante en materia de derecho laboral al establecer que un episodio coronario puede ser considerado un accidente de trabajo cuando la falta de contención, la demora y las omisiones organizativas del empleador agravan de forma directa el daño en la salud del dependiente.

La sentencia dictada por la Justicia de La Plata fue recurrida por la aseguradora demandada, por lo que la causa se encuentra actualmente en etapa de revisión judicial.

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