Economía

Envíos postales: el Gobierno eliminó el límite para exportar y bajó impuestos a las compras del exterior

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El Gobierno nacional oficializó una profunda reforma en el régimen aduanero para los envíos postales, con el objetivo de simplificar el comercio internacional y fomentar la inserción de los productores locales en el exterior. A través del Decreto 604/2026, publicado este viernes en el Boletín Oficial, se eliminaron los límites de valor para las exportaciones comerciales por vía postal y se redujeron los costos impositivos para las importaciones de uso personal.

La medida busca saldar una deuda de regulación y, al mismo tiempo, dinamizar el consumo y el comercio minorista transfronterizo. Según los fundamentos de la norma, los cambios apuntan a «brindar a los productores y comerciantes argentinos nuevas posibilidades para insertarse en el mercado internacional» y reducir la incertidumbre de los compradores locales al definir de antemano el esquema tributario que enfrentarán.

Exportaciones sin techo y facilidades para pymes

Hasta la publicación de esta norma, las exportaciones comerciales que se realizaban a través del sistema postal no contaban con un marco regulatorio específico en el país. Esta carencia administrativa impedía en la práctica que los emprendedores y comerciantes argentinos aprovecharan los beneficios del despacho aduanero simplificado contemplados por la Unión Postal Universal (UPU), un organismo internacional del que la Argentina es miembro activo desde 1887.

Para solucionar este cuello de botella, el nuevo decreto incorpora un artículo sin número al Decreto 1001/82, que reglamenta el Código Aduanero. A partir de ahora, «las exportaciones con finalidad comercial realizadas por vía postal no estarán sujetas a límites de valor». La implementación operativa y el control de este mecanismo quedarán bajo la órbita de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), que dictará las normas complementarias en los próximos días.

Asimismo, la reforma contempla un beneficio directo para los envíos de ayuda familiar o regalos personales hacia el exterior. Estas exportaciones sin fines comerciales quedarán totalmente exentas del pago de tributos aduaneros, siempre y cuando el valor acumulado mensual por remitente no supere los US$ 5.000.

Fin de la asimetría y baja de impuestos para compras online

En el plano de las importaciones de productos sin finalidad comercial —habitualmente ligadas a las compras en plataformas de comercio electrónico extranjero—, el decreto unifica las reglas de juego. Hasta hoy, existía una marcada asimetría según el canal de ingreso: los envíos que llegaban por el operador postal oficial (Correo Argentino) debían pagar una tasa del 50% sobre el valor de la mercadería, mientras que los couriers privados contaban con una franquicia libre de aranceles de hasta US$ 400 por envío, con un límite de cinco despachos anuales por persona.

La nueva reglamentación elimina esa diferencia regulatoria al derogar el artículo 8° del Decreto 161/99. De esta manera, se unifica la franquicia de importación en US$ 400 por envío (con el tope de cinco despachos anuales) para todas las vías de ingreso, extinguiendo la tasa del 50% que penalizaba a los usuarios del correo estatal.

Por último, el decreto introduce un cambio clave para desburocratizar los trámites de entrega. Desde ahora, el operador postal quedará automáticamente autorizado para actuar como representante del destinatario durante el proceso de despacho en la Aduana. El usuario final ya no tendrá la obligación de realizar gestiones presenciales o virtuales complejas, a menos que notifique expresamente su voluntad de actuar por sí mismo antes de que la mercadería arribe al territorio nacional.

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